Me encuentro con que mi cliente, persona mayor e inválida, solicitó en su día un préstamo al que no pudo hacer frente y, tras el procedimiento de ejecución oportuno, la finca donde mi cliente reside fue adjudicada al banco acreedor.
En este momento me encuentro con que el banco acreedor solicita al Juzgado le ponga en posesión de la finca en virtud del art 675.2 LEC. ¿ Qué cabría hacer para defender al cliente ?
Preciso un poco más: no se trata de una ejecución hipotecaria, sino de la ejecución de un préstamo normal suscrito con entidad bancaria, préstamo que fue impagado por el cliente y el banco acreedor instó la ejecución de la sentencia y posteriormente embargó la finca.