Hola. Mi caso es el tipico de siempre. Vengo viviendo en una vivienda 29 años y ahora un abogado del casero me envió un burofax dandome plazo hasta final de septiembre para entregar la vivienda "ya que la necesita para un hijo". Mi contrato caduca el 31 de diciembre de 2022. Además el casero querria subir el alquiler de 700 a 850 euros.
La pregunta es: ¿debo entregar la vivienda o puedo seguir hasta el 31 de diciembre?
Muchas gracias.
Habría que leer el contrato para poder darle una respuesta totalmente segura, pero por lo que dice su contrato es de 1993, fecha en la que ya estaba en vigor el así llamado Decreto Boyer que eliminaba (en principio) la prórroga forzosa.
Por tanto no es que el casero pueda o no necesitar la vivienda para su hijo. Es que simple y llanamente es casi seguro que puede echarle de año en año y por tanto ha decidido que sea ahora.
Pues entonces está claro: ese contrato vence este año y da igual si es cierto o no que el casero quiera la casa para su hijo.
Al agotarse el plazo tendrá que marchar.
De qué fecha exactamente es su contrato? Si es a partir de 6 de marzo de 2019, sería un contrato de vivienda de 5 años, y da igual que ponga 3. Si es así, habría que ver si la cláusula de ocupación por necesidad está contemplada en el contrato, porque si no es así, usted no tiene por qué irse
Eso sí, si el contrato es de antes de 6 de marzo, es tal y como le indican mis compañeros