La "denuncia" de desahucio a que refiere es en realidad una demanda judicial de desahucio que ha de interponer el titular de la vivienda arrendada. Si ud no puede ir, lo lógico es que apodere a un procurador y abogado de la localidad mediante poderes "especiales" en su caso.
Hola querria comentaros un problema que tengo. Vivo en Bilbao y tengo un piso en alquiler en una ciudad de Cadiz. La inquilina lleva sin pagar 2 meses y siempre que la llamamos dice que nos paga mañana. Pero mañana nunca llega. Tenemos un seguro por impagos, y nos han comentado que tenemos que poner una denuncia de desahucio en el juzgado de la ciudad en la que esta el inmueble. Nos pilla muy luejos y querria saber que tengo que hacer. SI es que tengo que asisitir alli obligatoriamente o puede ir algun familiar mio, si al poner la denuncia la desahucian seguido para que no me haga ningun desperfecto...
Gracias y espero alguna respuesta.