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Desahucio

4 Comentarios
 
Desahucio
04/10/2007 10:33
El día 27 de septiembre se celebró el juicio para el desahucio de mis inquilinos y reclamación de rentas impagadas, ayer 4 de octubre salió la sentencia en la que el juez da por disuelto el contrato de alquiler y se confirma que el desahucio se llevará a cabo el 29 de octubre, siempre y cuando los inquilinos no se hayan ido antes de esta fecha. Teniendo esta sentencia judicial, si los inquilinos se van antes de la fecha, pero sin avisar, ¿puedo acceder a la vivienda?
04/10/2007 11:32
Buenas, yo en principio no accedia, me imagino que tendras que pedir algun tipo de permiso en el juzgado. De todas formas, yo tambien tengo puesta una demanda por desahucio en sevilla, en que provincia la has presentado tu y en que fecha? enhorabuena por ver el final del tunel..yo estoy al principio jeje
04/10/2007 11:42
Mi duda es si puedo acceder y cambiar la cerradura en caso de que se hayan ido sin avisar, o es inevitable que mi abogada inicie un nuevo procedimiento de ejecución de la sentencia judicial.
Es en la provincia de Tarragona.
04/10/2007 12:48
Y cuando presentaste la demanda?, bueno a mi tambien me gustaria que alguien te respondiera a eso yo tengo la misma duda, pero si tienes sentencia judicial firme me imagino que el 31 podras entrar
04/10/2007 17:17
En mi opinión, y siempre salvo mejor criterio, la Sentencia debe ser notificada al demandado, si la notificación es positiva, es decir, la aceptan y la firman, y además se van; se podría entrar en la vivienda. Se han marchado voluntariamente, cosa que ocurre pocas veces.

Si la notificación de la sentencia es negativa, nadie la firma ni la acepta. Habría que iniciar un ejecutivo.

Saludos.