Grosso modo si es posible PERO yo me curaría en salud y le escribiría al inquilino un whatsapp pidiendole permiso para entrar. Si me lo da entraría y si no pues no.
Tengo interpuesta demanda sobre desahucio y reclamación rentas.
Mi cliente es el propietario arrendador.
Sabemos que el arrendatario demandado ya no reside en la vivienda.
tengo mensajes de wasap del demandado arrendatario donde dice que ha salido de la vivienda y ha dejado las llaves dentro.
Mi eterna duda es:
puede entrar el propietario arrendador en la vivienda?
o es necesario el lanzamiento forzoso al no haber una comunicación o resolución formal del contrato por parte del arrendatario ahora demandado.