En junio de este año, mi abogado puso una demanda contra mis inquilinos por falta de pago. He hablado con los vecinos y dicen que hace dos meses les vieron realizar la mudanza por lo que el piso está desocupado. Tengo la vista fijada para noviembre. El problema es que no se puede citar al inquilino por estar en paradero desconocido. Me ha dicho el abogado que va a solicitar al juzgado un oficio para conocer el paradero, si este fuese infructuoso, se haría la citación por edictos. Mi pregunta es la siguiente ¿ cuanto creéis que demorara el proceso esta situaciuon?
Eso depende extrictamente del volumen de trabajo que tenga y de la agilidad con que lo lleve el personal a cargo del Juzgado que conoce de ese procedimiento.
Tu abogado es el que mejor puede hacer una valoración.
Yo que Ud. lo que haria seria comunicar al Juez
esta circunstancia y que el inquilino ha dejado las llaves en el buzón, interesando la posesión de la vivienda.
Siendo el lanzamiento -dentro del juicio de desahucio- el trámite por el cual se otorga la posesión del inmueble al arrendador, no veo como conseguir aquella sin citar al inquilino -ya personalmente, ya por edictos- para en la vista declarar resuelto el contrato de arrendamiento previamente.
Con la reforma habida en la LECn el año 2003 en cuanto al procedimiento de desahucio, se considera válido a efectos de notificaciones el lugar de la vivienda objeto del mismo, por lo cual no es necesario averiguar el paradero del inquilino, en cuanto hayas tenido notificación negativa del auto que admite el desahucio puedes instar la notificación por edictos, a fijar en el tablón de anuncios y como práctica habitual aunque no contemplada en la LECn, también lo puedes fijar en la puerta de la vivienda, con lo cual solventarás el tema en menos tiempo.Saludos.