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desahucio

2 Comentarios
 
Desahucio
05/07/2005 10:18
Mi caso es el siguiente; mis padres tienen un ático arrendado. En su día se firmó entre las partes un contrato en documento privado redactado por nosotros mismos, de cuya validez dudo. La inquilina debe 4 cuotas y pico. Hace aproximadamente un mes se le envio un escrito comunicándole la voluntad de no prorrogar el contrato pues se estipuló una duración de 1 año indicándole además su incumplimiento en los pagos. Se envió esta carta por correo certificado con acuse de recibo pero no fué a recogerlo. Este documento tampoco sé si sirve de algo. La inquilina es una persona violenta y amenazadora. Tampoco abona las facturas de electricidad por lo que le han cortado el suministro varias veces. Ayer forzó la cerradura de la puerta del cuadro de contadores para conectar ella misma la corriente. Mis preguntas son:
1º- Saber si esos documentos de los que hablé pueden tener validez.
2º-Si podemos interponer demanda de desahucio y reclamar las cuotas impagadas.
3º-La duración aproximada de este proceso.
4º-El coste aproximado de los servicios de un profesional y el importe de las costas procesales.
5º ¿Cómo debemos actuar ante las acciones de la inquilina?
Mis gracias anticipadas.
05/07/2005 14:51
Yo te recomendaría que antes de nada le hicieras un requerimiento notarial en el que le comuniques todos los poblemas que has tenido, falta de pago, etc.
Ella no está obligada a contestar ese requerimiento notarial, pero a vosotros si puede serviros para iniciar el expediente de deshaucio en el juzgado.
Incluso le condenarán a ella a costas.
05/07/2005 16:26
El contrato que habeis redactado es totalmente válido, siempre que respete la ley de arrendamientos urbanos.
Si os debe 5 cuotas podeis hacerle una reclamación vía burofax o requerimiento notarial (como te recomienda el compañero), en el que le requieres el pago de las cuotas. Si no paga podreis desahuciarla vía judicial sin que pueda enervar el pago. Otra opción es directamene demandarla en el juzgado, el problema surgue que si paga tendreis que seguir con ella de inquilina.
Lo que si tiene la inquilina derecho es a permanecer en la vivienda hasta los 5 años, salvo que se extinga el contrato por cualquier caso (impago, por ejemplo).
Saludos