Vuelvo a repertir: NO.
El banco no tiene obligación de aceptar la dación en pago por lo que puede poner las condiciones que quiera para aceptarla, en este caso pone como condición la nueva tasación.
Tú puedes aceptar o no ese acuerdo pero no obligar a aceptar otra tasación.
El banco acepta la viviena pero se remite a la nueva tasación, siendo ésta inferior a la que se realizó en 2008. ¿No puede haber posibilidad de que prevalezca la anterior?
Les comento un caso, si me pudiesen ayudar se lo agradecería.
Se pide una hipoteca en 2008 y se pone como aval la vivienda cuya tasación asciende a 150.000 euros. Actualmente no se puede pagar la hipoteca y el banco hace una nueva tasación de la vivienda por valor de 60.000 por lo que no acepta la dación en pago. ¿Cabe la posibilidad de que prevalezca la tasación inicial?
Gracias.