Me imagino que la opción por la que han optado tus inquilinos es la de no pagarte. Si solo has ejercitado la accion de desahucio por subarriendo inconsentido me parece que no te va a quedar mas remedio que instar otro procedImiento de reclamación de cantidad, todo ello sin perjuicio de instar la acumulacion de procesos ex art. 77 LEC
Interpuse una demanda solicitando la resolución del contrato de arrendamiento x subarrendamiento inconsentido, ahora, los arrendatarios demandados llevan dos meses sin pagar, ¿cómo plantear la cuestión ahora? estoy en fase de que uno de los demandados no ha sido emplazado en forma.