En un juicio de desahucio por falta de pago, ¿es conveniente incluir en el mismo tambien la reclamacion de la cantidad adeudada?.
¿Hay alguna ventaja, en esperar a la resolucion del desahucio, y despues iniciar otra demanda de reclamacion de la cantidad adeudada?.
¿Cual de los dos es el mejor sistema?.
Si solamente, es un desahucio por falta de pago, no solo es es conveniente, si no necesario incluir la cantidad adeudada, pues es el motivo de desahucio.
En el supuesto de que no se pague, es decir se procede al desahucio, con la deuda existente y reconocida en la sentencia, se podrá iniciar un segundo proceso, para intentar cobrar la deuda.
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