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Desahucio precario u otro procedimiento

5 Comentarios
 
07/01/2021 09:38
Grisolía
Tienes razón, a veces nos complicamos en exceso....por miedo a las dichosas costas .
Iré a por el verbal, ya que ya lo único que está haciendo este señor es llenarle la vivienda de chatarra y estropeándola. Se agradecen estos consejos, han sido de gran ayuda!
Saludos Grisolia
04/01/2021 19:58
Bajo mi punto de vista estás complicando innecesariamente un asunto sencillo, con el riesgo de que declaren causa compleja y te manden a un ordinario o, peor, a una resolución de contrato laboral. Todo lo que te han contado los clientes debes desecharlo y centrarte en si el ocupante tiene algo escrito y evaluar, caso de haberlo, las posibilidades de enervación del desahucio. De no existir algo por escrito terminantemente claro, presenta el verbal y echa a ese señor sin contemplaciones ni paños calientes.
04/01/2021 11:43
Abogaluz
disculpa, matizo * cuando digo ni van a vender , quiero decir *y van a vender
Gracias,
Saludos
04/01/2021 11:00
Grisolía
Muchas gracias por tu respuesta Grisolia,

Me confundía el tema de la persona que ahora usa esa vivienda, venía prestando unos servicios limpieza; o mantenimiento de jardín, al propietario y posteriormente a sus herederos, remunerados; ( de lo que tiene justificante) aunque lo que pactasen pen su día fue verbal. ( si por ello era un contrato atípico, por entender que era una contraprestación al uso de la vivienda, el prestar servicios de este tipo ).

También he leído algo sobre que el comodato sin acuerdo escrito se asemeja al precario.

Aún as, es posible, que pueda interponerlo mejor por la vía del comodato, siendo cesión gratuita para un uso concreto ( que prestara esos servicios y hasta que el padre volviese del hospital y luego hasta q encontrase un comprador, según me informan que acordaron también verbbalmente ) y dado que ya no presta esos servicios ni van a vender, tras notificarle al comodatario para que abandone, interponerlo así por esta vía.

Gracias, de antemano!
02/01/2021 13:35
Civilmente eso es un comodato (art. 1740) que se resuelve cuando quiere el propietario, pues la vivienda fue cedida en ese concepto de préstamo gratuito, con la obligación de restitución implícita y además de carácter personal, que configura una relación contractual que en ningún caso puede imponerse a los herederos. En ejercicio del dominio, los nuevos propietarios han de dar plazo al comodatario para que abandone la vivienda, y tras ello iniciar un juicio de desahucio por final de la cesión declarada en el requerimiento. Los costes en que van a incurrir tus clientes son mínimos, y no vas a tener ninguna otra forma de sacar a ese señor que con una orden judicial, cerrajero y policía local.
Desahucio precario u otro procedimiento
02/01/2021 13:05
Hola a todos, tengo un asunto que no paro de darle vueltas, y estudiar y no consigo aclararme .
Se trata de un tema que puediera ser un precario pero dadas las elevadas costas, quería saber si podéis echarme una mano o darme vuestra opinión antes de interponerlo .
El padre de mis clientes cede el uso de su casa mientras está en el hospital a una persona que le cuida el jardín , el perro y q le haga limpieza de la casa . El señor puede quedarse en la casa y por estos servicios se le abona una cantidad unos 300 mes
El padre fallece , los herederos le dejan continuar a esta persona mientras arreglan la herencia e incluso abonan 100 euros al mes por el cuidados del perro jardín y limpieza de la casa .
Cuando le informan a esta persona que debe salir , y consiguien grabar el estado de la vivienda , mía clientes tiene conocimiento d q el el señor ya no está realizando esos los trabajos de limpieza o jardinería sino que están acumulando chatarra y suciedad y además les cambia la cerradura. Entiendo que podría incoar un precario dado que esta persona en el caso de que se entienda que tenía título (está ha devenido ineficaz porque ya no presta estos servicios) o veis que es conveniente que se le informe formalmente que cese en la prestación de estos servicios antes .
En el caso de que no lo hicierais cía precario , pues tengo miedo que interpretasen que tenía un “contrato de prestación de servidos “que excede del precario el resolverlo , como lo haríais , gracias