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Desahucio posterior a enervación

1 Comentarios
 
Desahucio posterior a enervación
28/05/2016 10:47
Estimados compañeros, en una segunda demanda de desahucio (ya hubo una primera con enervación) es competente el mismo juzgado donde presente la primera o el que por turno corresponda, ¿debo aportar el decreto testimoniado donde consta la primera enervación?. Gracias de antemano.
28/05/2016 11:48
1.- Es competente el Juzgado que por turno corresponda.
2.- Lo suyo es presentar testimonio, pero yo creo que si presentas una mera copia y dejas señalados los archivos del primer Juzgado debe sobrar. De todas formas como nunca sabes como es de estricto o no quien te va a tocar cúrate en salud y presenta el testimonio.