La ley no exige que el derecho esté inscrito en el Registro de la Propiedad, pero sí que se acredite la condición de dueño de quien reclama. A tal fin imagino que esa certificación catastral, junto con los documentos privados que haya, incluso la propia sentencia dictada en el procedimiento de separación si es que contempla que la titularidad de la vivienda es de tu madre, pueden ser útiles para acreditar esa titularidad. Es posible que incluso haya escritos en el pleito de separación en los que tu ex cuñada reconozca, al menos implícitamente, que la finca es de tu madre (esos serían aportables si es que ella opusiera la falta de acredtiación de la propiedad). Suerte !!
Gracias Antoni, por tu respuesta. Escriturar a nombre de mi madre no es imposible, pero si complicado, ya lo hemos estado consultando, y esta via puede que tarde bastante tiempo, y ser bastante costosa ¿ No bastaría con el certificado de titularidad catastral ?
Planteas un problema que no está exento de dificultades. Me extraña que la sentencia de separación hable de precario o comodato, pues me parece de una imprecisión jurídica imperdonable; o se afirma una o se afirma la otra, pero decir precario o comodato es como decir compraventa o donación, no tienen nada que ver.
La jurisprudencia en España está dividida al respecto, al punto que hay sentencias que consideran esa relación que expresas como de precario -en cuyo caso habría lugar a la acción de desahucio- y otras que consideran que se trata de un comodato, frente al cual tu madre nada podría hacer en tanto en cuanto persistiera la causa de necesidad de ocupación de la casa por su ex nuera y los hijos de ésta.
En Barcelona, que es la circunscripción que más conozco, aplican la teoría del comodato. Así las cosas, en un caso como el que planteas, lo que debería hacer tu madre no es promover un desahucio por precario, sino un procedimiento instando la resolución del comodato toda vez que ha desaparecido aquella causa de necesidad (si la ex no vive en la casa es porque no la necesita). Para ello es básico juntar toda la prueba posible que acredite cuál es el domicilio real de ella. Si realmente ella no vive en la casa y lo podéis acreditar, es muy probable que la acción prospere.
Tanto en un caso como en otro (desahucio por precario o resolución del comodato) tu madre deberá acreditar un título suficiente que legitime su acción, de manera que mientras os disponéis a preparar esas pruebas que necesitaréis para el juicio, teneis que avanzar en los trámites de aceptación de herencia a fin de que tu madre obtenga ese título de propiedad que luego necesitará aportar a juicio.
Buenos días a todos, agradecería que alguien me aclarara mis dudas en en sigueinte tema:
Mi hermano que se casó hace dos años, se fué a vivir a una casa propiedad de mi madre. El la estaba restaurando, desde antes, incluso de conocer a la que luego fué su mujer, pero la casa aún no está adjudicada a él, ni legalmetne, ni nada. Es más forma parte de un conjunto, que en un futuro pensamos dividir par los tres hermanos, pero aún está legalmente como una sola vivienda.
El caso es que despues de dos años, se separa de la mujer, y la jueza, otorga la vivienda al hijo y a la madre. POrque dice que entiende que hay precario o comodato. Si bien mi madre, dijo en el juicio, no estar de acuerdo, pues se perjudicaba no solo ella misma, sino a sus otros hijos.
El caso es que no sabemos que puede hacer mi madre al respecto. porque además la ex de mi hermano, ni siquiera está viviendo en la casa, solo la quiere para cambiarla por dinero para comprarse ella un piso en otro lugar. Puede mi madre pedir un desahucio, sería posible que echaran a la ex de mi hermano de la casa.
P.D. Mi madre no tiene escritura de esa vivienda, que es herencia de sus padres, pero sí todo tipo de documentos proivdado de sus abuelos, tios, etc. y el la titularidad catastral desde hace más de 30 años. Nadie ha puesto en duda la titularidad de la vivienda, ni siquiera la ex. Pero, ¿sería esto un problema a la hora de plantear un desahucio?.