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desahucio por precario, ¿civil o administrativo?

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Desahucio por precario, ¿civil o administrativo?
05/12/2007 20:03
Hola a todos, la situación es la siguiente:
Desde el año 1996 ocupo una vivienda militar adjudicada por razón del destino que ocupaba, en esa fecha firmé un contrato privado, ya que no estaba sujeto a normativa administrativa alguna, que entre sus claúsulas establecía que era en concepto de precarista y que cuando abandonase el destino dejaría la casa. En el año 2000 empiezan a cobrarme un canon de uso, debido a un cambio normativo y pasar a ser administradas por otro organismo. En el año 2004 abandono el destino y continuo en la casa, y ahora en el año 2007 me desahucian en base a que ya no tengo derecho a la casa porque abandone ese destino.
PREGUNTAS:
1. ¿ No se novo el contrato cuando empezaron a cobrarme un alquiler, igual que el que se cobra por cualquier vivienda militar? ¿ no incumplieron primero ellos el contrato?
2. ¿Que jurisdicción es competente, la civil o la administrativa?, ellos me envían a la cont-adm.
3. ¿El Estado puede disponer a traves de un contrato privado, con libertad de claúsulas, de bienes de dominio público?
4. No se formalizó en documento público, ¿ no es obligatorio según el c.civil?
5. Con la nueva ley de viviendas militares no incurro en ninguna causa de resolución del contrato, ademas deroga la legislación anterior, por eso ellos pretender recuperar ese contrato privado y aplicarmelo en la parte que me obliga a mi, pero pasando de aquello que obliga a la administración.
OPINION
las quieren vender a precio de mercado, y si yo sigo viviendo alli me la tienen que vender al 50% de su valor real.
Muchas gracias y perdon por su extensión.