Hola. Tengo un local arrendado. He iniciado el proceso de deshacio por impago. Veo que esto es muy largo y que la inquilina no tiene ninguna intención de pagar después de muchos intentos. El caso es que si no responde ni se presenta al juicio tiene hasta agosto para desalojar según dice el escrito del juzgado. No va a pagar hasta ese momento y me imagino que tampoco podré cobrar la deuda porque se declarará insolvente y los gastos judiciales no me compensarán porque ya de mano he tenido que pagar 1000€ para el juicio, con la deuda y si tengo que hacer otro juicio para reclamarla pues al final voy a salir perdiendo mas.
Como es un local podría ir al mismo a intentar cobrar? Todo claro sin amenazas ni otra cosa solo ir y decirla si paga y todas las veces que alga falta. Igual se acaba yendo antes de tiempo y me entrega las llaves que es lo que quiero. Me podrá denunciar por ello? Qué consecuencias puede haber? al fin y al cabo no estoy haciendo nada sino ir a cobrar y creo que por mucho que me denuncie no puede pasar nada. Puedo cobrar la renta en especias?? al menos la deuda se podrá ir reduciendo.... No se pero esto está acabando con mis nervios, ver la caradura que tiene esta tía y que se vaya de rositas....
No hay ninguna razón para que no pueda ir usted al local arrendado a requerir el pago de la renta, si no amenaza ni coacciona al inquilino. Pero estos comportamientos, en mi experiencia, suelen derivar en discusiones que abren la puerta a denuncias por amenazas.
Y eso sí que lo tenemos que evitar a toda costa: una querella por amenazas, en vía penal, introduciría una cuestión prejudicial en el desahucio, y lo alargaría mucho más.
Ahora lo que más nos interesa es recobrar el local, todo lo demás es secundario: mi consejo es que no lo haga.
En cuanto a cobrar, ya veremos si es insolvente o no, y hasta qué punto: solamente recuerde que el día del lanzamiento puede usted solicitar la retención y depósito de las mercancías existentes.
Declararse insolvente no es tan fácil, ni es un camino de rosas: el ejecutado por una deuda se convierte en alguien que no puede tener ni nómina, ni vivienda, ni coche, ni siquiera cuenta bancaria ni tarjetas de crédito, no puede vovler a alquilar un local ni un piso a su nombre, ni tampoco heredar nada: se podría decir que se transforma en un paria, expulsado de la vida social normal. Su abogado sabrá cómo cobrar la deuda, no se preocupe.
Muchísimas gracias por sus respuetas. El día del lanzamiento es el día del desalojo o el día de fijación de juicio? si es el día del desalojo se lo llevará antes y no voy a reclamar sus pertenencias... Cómo se hace esto?