Eso quiere decir que si tu arrendador no te ha reclamado previamente a interponer la demanda de desahucio la cantidad debida (con burofax, email o similar) y tu ahora la abonas en su totalidad podrás quedarte en la vivienda, de lo contrario el procedimiento continuara.
Recibida notificacion por parte del juzgado , me dan 10 dias para abandonar la vivienda , hay un punto donde dice . O psgar las cantidades necesarias para enervar el desahucio si tiene derecho a ello. (esta parte no la entiendo ) me gustaria aclaración y saber si pagando el debito puedo seguir en la vivienda . Mi situacion es difil , necesito ayuda