No acabo de entenderlo, supongo que el proceso fue:
- Demanda de desahucio acumulada con las rentas.
- rebeldía del demandado. No enervación. Notificación en el domicilio arrendado.
- Sentencia favorable. No recurrida. Auto de firmeza.
- Demanda en ejecución. Notificada por edictos. Rebeldía del ejecutado y no oposición.
Si eso han sido los trámites no queda más que esperar a que pague, ir solicitando averiguación patrimonial para empezar los embargos.
Si la vivienda fue abandonada voluntariamente, habrá algún documento de resolución contractual. ¿Cómo entregó las llaves?
Buenos días, estoy desesperada ¿alguien me puede echar una mano? Soy incapaz de encontrar el cauce procesal… Procedimiento de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas. Demandado en rebeldía (maquinación fraudulenta: no firmo el contrato de arrendamiento y “lógicamente” no fue avisado de la correcta notificación del auténtico arrendatario), tiene conocimiento del procedimiento cuando recibe en su verdadero domicilio la demanda de ejecución (reclamación de rentas) y tasación de la condena en costas. Se han precluido todos los plazos para recurrir. ¿entiendo que se tiene que hacer un plenario posterior? Pero ¿cómo lo redacto?. Muchas Gracias.