Se interpone demanda por finalización de contrato el 25-1-07 (en que el arrendatario está al corriente de pago). Se le notifica la demanda el 6-3-07 y deja de pagar. En el suplico solo se pidió resolución del contrato y desalojo. Se celebró juicio el 18-4-07. Ahora se ha dictado sentencia estimando la demanda.
Como el arrendatario lleva sin pagar desde el 6-3-07 ¿cabe nueva demanda de reclamación de cantidad por las rentas debidas al no haberlo solicitado en la primera de desahucio?.