LA demanda se presenta como un verbal por desahucio en reclamación de las rentas pendientes. Tan sólo debes tener en cuenta si ha variado algún precepto. Mira el 437.3 LEC.
Estimados compañeros, con la modificación de la legislación que afecta al desahucio del arrendatario ¿ cómo presentaríamos la demanda del mismo ? ¿ como un monitorio y subsidiariamente pidiendo que se convierta en verbal ?
A ver si algún compañero puede colgar un formulario porque debo presentar una demanda y la verdad, con la normativa anterior no tengo problema alguno pero no quiero meter la pata con esta tan reciente.