Entiendo que en este caso concreto sin perjuicio de que alguien me corrija con un mejor criterio, dado que tienes reconocido un grado de invalidez superior al 65 por 100, el contrato se renueva año por año con caracter indefinido dado que la clausula de suración de los dos años no tiene aqui aplicación y por tanto no pueden echarte de la vivienda basandose en la extinción del contrato por transcurso del tiempo .-
Tengo 50 años, vivo solo y estoy subrogado en un contrato de arrendamiento de renta antigua a nombre de mi madre que falleció en marzo de 2.003 . En abril de 2.003 me notificó el propietario que debería dejar la vivienda en marzo de 2.005 (al cumplir dos años desde el fallecimiento de mi madre) y desde entonces pago los recibos a mi nombre con la coletilla de 1ª subrogación. Acaban de reconocerme una minusvalía del 67% por una diabetes que padezco. Estoy sin trabajo y cobrando un subsidio de 200 euros al mes. ¿Con esta declaración de minusvalía pueden no renovarme el contrato de alquiler y echarme a la calle? Agradecería cualquier información que me ayude a poder continuar en la vivienda.