Coincido con ABQ y Jan.
No obstante, si lo que Vd. pretende es una rapida solución a su Cliente puede enviarle el burofax (por si hubiera suerte) ya que muchos negocios tienen una importante inversion publicitaria en webs, vallas, pegatinas, etc, y el mero cambio de esa dirección publicitada (de lanzarles finalmente)invalidaría esa publicidad por lo que si no hay muchos meses acumulados, los negocios suelen pagar atrasos al mero requerimiento extrajudicial.
Y si no interesa negar el enervamiento, puede Vd. limitarse a no aportar ese burofax en la demanda final, facilitándole así una salida enervatoria.
Podría ser una solución interesante, dado que es una zona donde será dificil conseguir nuevo arrendatario de forma rápida.
Así si paga, se mantendrá en el local.
Realmente el arrendador, en lo que no está de acuerdo es en la demora y retraso de los pagos de la renta.
El arrendatario de un local de negocios, debe tres meses de renta.
Para instar juicio de desahucio ante el juzgado, ¿es necesario dirigirle previamente un burofax o carta del abogado, o puede directamente iniciarse la vía judicial?.