Buenas, a colación de otro hilo (inquilino Diógenes) … inicio el estudio para desahucio.
La situación es la siguiente:
Propiedad perteneciente a 4 propietarios familiares en proindiviso (25% cada uno).
Contrato de alquiler firmado el 01/10/1999. Se fija una duración de 5 años pudiendo prorrogarse anualmente hasta un máximo de tres anualidades. Se fija una renta anual total y pagadera por meses. Con fecha 01/08/2007 se firma acuerdo de renovación anual indefinido a partir del 01/10/2007, momento en que finalizan las 3 prorrogas anuales y hasta que una parte comunique a la otra la voluntad de rescindirlo.
Este año recibo notificación de Sanidad que tras realizar visita al piso, se detecta acumulación de basura por Diógenes. Voy a iniciar desahucio.
Me surgen estas dudas:
1.- El inmueble es propiedad de varias personas en proindiviso. Las posibles acciones de resolución de contrato e incluso inicio de demanda podrían ser realizadas por uno solo de los copropietarios (acto de mera administración)? O se necesitaría actuar con poder del resto?
2.- En que situación se encuentra el contrato? Entiendo que en prorroga anual hasta el 01/10/2024. Pudiendo notificar con antelación al inquilino mi voluntad de no renovación.
3.- Que me interesa más a.- iniciar inmediatamente demanda de finalización de contrato por impago y actividad insalubre o bien esperar al 01/10 notificando anticipadamente que no se renueva? Supongo que posteriormente deberá iniciarse petición de lanzamiento ya que no creo que se vaya voluntariamente.
1.- Interponer una demanda de desahucio es un acto de administración y por tanto, en principio, haría falta que estuvieran de acuerdo un número de copropietarios que representaran más del 50% de las cuotas de copropiedad. Sin embargo, en este caso bastaría con que lo hiciera usted porque cada copropietario está legitimado para realizar en la finca aquellas acciones que sean claramente beneficiosas, y en su caso, puesto que el inquilino no paga, es evidente que desahuciarlo es beneficioso para el resto de copropetarios y por tanto puede interponer la demanda usted solo.
2.- El contrato, según nos dice, se encuentra en una de las prórrogas anuales, y por tanto puede preavisar al inquilino de que va a resolver el contrato.
3.- Sin ninguna duda le interesa interponer demanda de desahucio por falta de pago “ya". Pero “ya”, “ya”. Yo le recomiendo que vaya al abogado este mismo lunes.
Si hay impago (en su relato no veo claro si lo hay o no, aunque lo menciona) esa es la vía más rápida.
La segunda opción es la denegación de reconducción en octubre del 24, vaya preavisando ya. Con el preaviso salvará cualquier posible responsabilidad que pudieran intentar derivarle, aunque en otro hilo ya quedó claro que usted no es el responsable.