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Desahucio expiracion titulo

7 Comentarios
 
15/11/2004 10:07
¿alguién más tiene la misma opinión que Erodri?
12/11/2004 13:11
Erodri por favor acuerdate de mi!!!! ¿por que crees que dependiendo de la fecha de la interposición del desahuci por falta de pago que fue enervado estará prorrogado tácitamente? Me interesa tu opinión porque si me gasto el dinero y pierdo???? Gracias por ayudarme
11/11/2004 18:35
Esa demanda de desahucio por falta de pago de la renta se interpuso antes de que finalizara el contrato 30 abril de 2004 ¿porque entiendes que lo he prorrogado tácitamente? Me has dejado muy preocupada si yo ya le habia notificado en febrero que no le prorrogaría el ctto es que no me sirve esa notificación???????
11/11/2004 17:31
La demanda de desahucio que enervó en qué momento se interpone? eso es importante, porque dependiendo de ello, has prorrogado tácitamente, bajo mi punto de vista, el arriendo; ahora bien lo que deberías hacer es promover una demanda de resolución del contrato por expiración del termino, para lo cual necesitaras un Abogado. El te aconsejará las acciones que deberás hacer, pero una vez que el contrato ha llegado a su término, ni cesiones ni subrogaciones valen, haz valer tu derecho de resolver el contrato y siempre dirigete al arrendatario que firmó el contrato, y aunque hay distintas doctrinas en cuanto a si coger la renta durante la sustanciación del precedimiento de expiración del término, para evitar dudas no lo aconsejo, y sí fijar una indemnización por incumplimiento en la cuantía de la renta que debería de pagar de renta hasta el lanzamiento efectivo del local.
saludos
11/11/2004 13:18
¿Hay alguien más que pueda ayudarme? Gracias
11/11/2004 10:24
Gracias por interesarte Erodri!!! La fecha del ctto es 19 de mayo de 2003. y lo que se permite en el ctto es la cesión total o parcial prohibiendose el subarriendo. El ctto expiró el 18 de mayo de 2004 y le comuniqué yo misma por telegrama el 12 de febrero de 2004 que lo daba por terminado a su vencimiento sin posibilidad de prórroga porque no me pagaba la renta y tuve que demandarlo y me pagó enervando la acción de desahucio. Con todos estas datos como lo ves???? Gracias de nuevo
10/11/2004 19:52
Sería necesario conocer la fecha del contrato, pero en todo caso si es anterior o nuevo deberá notificar al arrendador tanto si tiene derecho a traspaso como a cesión de la LAU del 94. Siempre deberá dirigirse contra el arrendatario que Ud. conoce. Ahora bien ¿tiene el derecho que aduce? ¿por qué no quiere irse el arrendatario? ¿a expirado el tiempo convencional?
saludos
Desahucio expiracion titulo
10/11/2004 19:26
Hola!! Gracias de antemano a quien me ayude. Tengo un problema soy arrendadora de un local de negocio y mi arrendatario no se marcha lo he amenazado con demandarlo y me ha dicho que ha traspasado el ctto ¿Tengo que demandar a los dos? No me lo ha notificado en forma es válido ese traspaso Muchisimas gracias!!!!!!!!!!!!1