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Desahucio-enervar

1 Comentarios
 
perfil ABQ
19/07/2011 22:09
Si no se ha dictado decreto admitiendo la enervación, lo prudente es acudir al juicio. Las costas las paga el enervante.
Desahucio-enervar
18/07/2011 17:42
El problema es un juicio por desahucio.

Si se pagan todas las cantidades objeto de la demanda, y las que se fueran venciendo, se tiene
por enervada la acción de desahucio.


Enervado este, ¿Hay que ir al juicio, a comparecer o a alegar algo en la vista?


Si se enerva, ¿que pasa con las costas hasta el momento?