Entiendo que no cabe la acumulación. Son dos negocios jurídicos diferentes y de dos arrendamientos que, además, en su base se rigen por normas distintas ( Contrato, en su defecto LAU94 y finalmente CC, para el del uso distinto -local de negocio-) y el otro de vivienda que, supongo , para uso habitual y, por tanto, sujeto a la LAU94 directamente.
Gracias guarroman. El problema está en que los recibos de agua y luz son comunes, y bueno, considero que si se puede acumular, es menos lío. Aunque lo que tú dices de enervar... En fin, ya veremos que pasa.
Tengo un desahucio de un inmueble con dos contratos de arrendamiento, la planta baja, como de uso distinto de vivienda por ser un bar, y la primera planta, como vivienda. Se pueden acumular ambos desahucios en una única demanda, o no me queda más remedio que redactar dos demandas. Gracias