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desahaucio Ley 19/2009

7 Comentarios
 
Desahaucio ley 19/2009
23/02/2010 10:13
He oído que la con la nueva Ley basta un mes de renta de impago para instar el deshaucio, a diferencia de los tres que se necesitaban antes. ¿Es cierto?
23/02/2010 10:43
Cierto
23/02/2010 11:27
No es exacto lo que has oido.
ANTES podías impedir el enervamiento de la acción de desahucio si presentabas demanda TRES meses después de haber notificado extrajudicialmente para el pago sin haber cumplido.
AHora, si requieres fehacinetmente y transcurre UN MES sin que cumplan, presentas demanda manifestando la imposibilidad que tiene el inquilino de enervar esa accion (si es la priemra vez, obvio)
23/02/2010 12:11
Entonces, solo se refiere a impedir la enervación. Entonces, ¿cuántos meses de impago se deben acumular para ejercitar el desahucio, si no se ha requerido? ¿Entiendo que entonces es imprescindible requerir fehacientemente SIEMPRE, cada mensualidad impagada, a partir del primer dñia de impago?
24/02/2010 09:53
.- ¿cuántos meses de impago se deben acumular para ejercitar el desahucio, si no se ha requerido?

Obviamente el incumplimiento debe ser exigible y vencido, por lo que deberás esperar a que adeude un mes YA vencido, tanto si se requiere como si no.

.- ¿Entiendo que entonces es imprescindible requerir fehacientemente SIEMPRE, cada mensualidad impagada, a partir del primer dñia de impago?

No es imprend¡cindible ni exigible requerir ni una sola vez.
Desde que venza el primer mes pueden instar demanda de desahucio y rentas SIN haberle requerido previamente; pero de hacedrlo así, el inquilino puede PAGAR antes del lanzamiento, enervando así la acción. Esta posibilidad solo es admisible UNA SOLA VEZ dado que si debiera algo más en el futuro, no podrá enertvar y se decretará el desahucio aunque pague.
Por el contrario, si prefieres requerir fehacientemente y transcurre UN MES desde que recibió ese burofax SIN HABER CUMPLIDO, puedes presentar demanda al mes 1 día y le IMPIDES esa primera y única posibilidad de enervar.
Si te parece mejor, cuéntanos tu caso concreto y te asesoramos.
24/02/2010 10:04
El caso es un inquilino que tiene sistematicamente 2 meses pendientes de retraso, y nunca más de dos, paga uno antes de que venza el tercero. Sé que a la primera no lo voy a desahuciar, con o sin burofax, pero a partir de la primera enervación tendrá que tener mucho cuidado. Debo decir que me interesaría echarle, es un local de negocio (almacén) de 1.972. Gracias por vuestro interés, esta última respuesta aclara mucho mis dudas.
24/02/2010 12:23
Voy más allá:

Ponle que a fecha de hoy, 24 de febrero, debe enero y febrero.
Puedes demandarle HOY mismo (sin requerimiento previo) y que ocurran dpos cosas:

.- que NO ENERVE y llegue el día del juicio en el que podrás reclamar aquellas rentas impagadas a esa fecha (aunque hubiere pagado enero y febrero)
Obviamente si no paga con posterioridad, se le lanza.

.- que ENERVE antes del juicio, es decir, QUE PAGUE NO SOLO LO QUE LE RECLAMAIS sino todo hasta el día en que lo haga ya que si no, no es enervamiento.

Y si ha enervado una vez, hazle saber que en el instante en que deba un mes YA VENCIDO, presentarás demanda sin previo aviso y acabarán lanzándole de la vivienda aunque haya pagado ya que si a fecha de presnetacionde esa segunda demanda debía, se le lanza aunque a fecha de juicio esté al correinte en el pago. (si presentas demanda el 24 de febrero reclamando enero y el inquilino paga el 27 de febrero, aunque la demanda le llegue el 15 de marzo por SOLO enero, se le lanza quiera o no quiera....tenlo en cuenta y házselo saber.
08/12/2011 22:14
Alguna novedad en este tema.

Gracias