Se me plantea un caso de un matrimonio con un bebé de un año. Uno de los cónyuges, la madre, quiere irse un par de meses de vacaciones (a un pueblo de España, es decir que no se lo lleva al extranjero ni nada de eso) con el niño, para que su familia lo conozca. El padre no está de acuerdo en quedarse solo aquí y no quiere que se lleve al niño. ¿Qué procedimiento legal se sigue en estos casos?
Gracias.
Una idea compañera.- Plantea un Expediente de jurisdicción voluntaria en base al art. 156. 2 de nuestro Código Civil y en nombre de tu cliente. No obstante, la verdad, es que con los datos que ofreces yo no veo en principio donde puede estar el conflicto, ni las reticencias del padre, aunque en todo caso las deberá ofrecer al juez y éste decidirá sobre la titularidad de la facultad de decidir en este asunto.
Un abrazo.