Remitimos una carta a nuestro administrador indicandole nuestra disconformidad con el acta de la última reunión, dado que a nuestro entender, no reflejaba lo que realmente sucedio en ella.
Además a la hora de revisar nuestro coeficiente, nos encontramos con que este era incorrecto, dado que solo nos ponía el coeficiente de nuestra vivienda, sin incluir trastero y garaje. Echo que suponemos podría influir en los porcentajes totales de las votaciones (aunque no podemos saberlo, porque en el acta solo pone el resultado final de la votos y el porcentaje total, sin desglosar por los votos emitidos por cada vecino).
Pues bien nuestro administrador nos ha contestado, que dado que el acta ha sido firmada por el presidente y el vicepresidente, se supone que es porque ellos consideran que fue así como sucedio y que no hay posibilidad de cambiarlo.
Por otro lado nos pone que si que es cierto que se ha equivocado a la hora de indicar nuestro coeficiente, y que lo tendrá en cuente para el acta de la próxima reunión.
Por ello entiendo que nos quiere decir que no va a realizar ningún tipo de modificación en el acta, y que esta se va a quedar tal cuál.
Esto es así?, no debería realizar una modificación del acta?, que podemos hacer ahora?
A la conclusión que llego de la lectura de tu pregunta es la siguiente:
1º Dices que, y cito textualmente "a la hora de revisar nuestro coeficiente, nos encontramos con que este era incorrecto, dado que solo nos ponía el coeficiente de nuestra vivienda, sin incluir trastero y garaje". De ello deduzco que en el acta sí refleja los propietarios presentes y representados así como su coeficiente de participación.
2º Por otra parte deduzco que donde no hace alusión a los coeficientes es al reflejar el resultado de las votaciones.
3º No obstante lo anterior imagino que en las votaciones sí reflejará, al menos, cuantos votos votaron a favor de aprobar un acuerdo y cuantos votaron en contra, salvo que los acuerdos se aprobaran por unanimidad.
4º Muy ajustadas deberían ser las votaciones para que la inclusión de tu coeficiente modificara sustancialmente el resultado de las mismas y con mayor razón si tenemos en cuenta que los acuerdos se aprueban por doble mayoría voto/coeficiente y tu voto no sufriría variación alguna aunque tu coeficiente sí lo hiciera.
5º Lo que puede hacer el administrador es modificar el coeficiente atribuido a tí mediante diligencia firmada por él con el visto bueno del presidente y ratificar en la próxima junta dicha variación.
6º Por otra parte puedes impugnar judicialmente los acuerdos que creas hayan experimentado una variación como consecuencia de la no atribución de tu coeficiente, pero para ello te aconsejo que previamente consultes a un abogado que estudie el acta de la junta a fin de valorar las posibilidades de éxito.
Muchas gracias DICKTURPIN, tienes razón en cuanto a lo de las votaciones si pone el total de votos a favor y en contra, en concreto 13-13 y la votación era sobre la destitución del administrador.
Como hubo empate se va a volver a realizar la votación.
Pero independientemente de todo esto, mi pregunta iba dirigida a saber si se tenía que volver a redactar el acta, realizando las modificaciones oportunas o simplemente con que se leyera mi carta en la próxima reunión era suficiente.
El acta en cuestión, una vez cerrado y firmado por el Secretario con el visto bueno del Presidente no puede ser objeto de nueva redacción.
En todo caso cualquier rectificación debe efectuarse por medio de la diligencia firmada por el administrador con el visto bueno del presidente y ratificar en la próxima junta dicha variación, corrección o rectificación.
Para poder volver a votar sobre el acuerdo de la remoción del cargo de administrador será necesario que el Presidente convoque junta extraordinaria con indicación del lugar, día, hora y puntos a tratar entre los que se incluya el cese del cargo de administrador y nombramiento de nuevo administrador.