resido en una comunidad compuesta por cuatro chalets.
Uno de los copropietarios ha derribado parte del muro perimetral de la urbanización para ampliar un entrada a la su vivienda, y despues le ha vuelto a levantar pero en terreno colindante perteneciente a un vecino que nada tiene que ver con la urbanización. Se ha convocado una junta, y tres de los copropietarios han votado a favor de dicha obra. Mi pregunta: Al ser un elemento común la votación debería ser por UNANIMIDAD, para llevarlas a cabo. ¿de forma individual podría impugnar el acta?. gracias
Muchas gracias canaleja, ya han pasado tres meses, pero como es contrario a la ley supongo que el plazo sea de un año.
Lo que me ha comentado un abogado es que el juez puede decir que si me perjudica en algo?, y por lo tanto lo desestime.Muchas gracias.
Tiene razón el abogado. A mí me pasó con dos construcción ilegales, prohibida por las Ordenanzas Municipales, el juez dictaminó que no me perjudicaban, a pesar del impacto visual y además apropiarse de una parte de zona comunitaria.
Resultado: condena en costas a la denunciante, o sea, a mí.
Tuve que pagar mis costas y dos más, correspondientes a los denunciados.
Ya puede agradecerle al abogado que le ha dicho lo que puede pasar, en cambio a mí me lo pintó todo de color de rosa, no sé si con la intención de engañarme o porque no tenía ni idea. Yo creo que fue por esto último. ¡Cuidado con según qué abogados!
Probablemente, debió recurrir la sentencia.
En primera instancia, puede pasar de todo.
Lo curioso es, que en la A.P. o el T.S., fallan en contra de la sentencia del juzgado de primera instancia y el juez que dictó la misma, se va de rositas.
El vecino colindante donde se ha construido el nuevo muro y linde, desde el principio estuvo de acuerdo por que ya lo habían pactado el y la vecina de esta comunidad, pero sin contar los el resto de los propietarios. Lo realmente asombroso es que el resto voto a favor. De todas formas no estoy de acuerdo con mi abogado, lo que yo quiero es impugnar el acuerdo puesto que es contrario a la ley, ya que se trata de un elemento común, y no se puede derribar sin consentimiento unanime, ¿es así?, alguien me puede comentar al respecto?, agradezco sus opiniones, muchas gracias.