Hola:
necesito saber que tratamiento ha dado en su doctrina el TS, cuando se ha referido a pisos de protección oficial construidos sobre terrenos sobre los que recaía un derecho de superficie, y ha finalizado el plazo de 75 años por lo que el suelo debe volver a la Administración.¿Qué les ocurre a los inquilinos?
Muchas gracias