Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Derramas por saneamiento

7 Comentarios
 
Derramas por saneamiento
28/05/2013 17:02
En el inmueble donde poseo un local, el año pasado hubo que pagar derramas por obras de saneamiento del edificio.
Al tener el local cerrado ¿me puedo deducir, en la Declaración de la Renta, los gastos de derrama, como el resto de los vecinos?.
Saludos.
28/05/2013 23:11
No.
29/05/2013 04:32
Mar08, ¿podrías extenderte un poco mas?.
En información de Hacienda me dicen que al ser un local y haber estado cerrado no puedo deducir ese gasto como el resto de las viviendas de la Comunidad de propietarios y no dan mas explicaciones.
Como ampliación a mi correo anterior tengo que decir que el local tiene entrada por la calle y también por el portal, antiguamente era vivienda.

El tener, también, entrada por el portal, es lo que me obliga a participar de todos los gastos de la Comunidad, como si fuera una vivienda.

Mi pregunta es: si tengo obligaciones a todos los efectos ¿Por que ésa discriminación en cuanto a los derechos a deducir gastos?.
Saludos.
29/05/2013 10:36
No existe esa discriminación a la que te refieres. Los gastos de comunidad no se pueden deducir a menos que el local o la vivienda estén arrendados o se ejerza en ellos una actividad económica.
Eso vale tanto para tu local, como para las viviendas de tu comunidad.
29/05/2013 10:56
Juan S, lo que me indicas lo tengo muy claro.
Si te fijas me estoy refiriendo a gastos extraordinarios de derramas, por obras de saneamiento del edificio.
Saludos.
29/05/2013 21:46
OK, ahora me he fijado en lo que te refieres.
Efectivamente esa desgravación sólo es aplicable a las viviendas, no a los locales comerciales.
De todas formas habría que saber qué obras se hicieron exactamente porque, dependiendo de lo que se trate, quizás no puedan desgravarse ni siquiera las viviendas.
29/05/2013 22:24
sotosvi, respecto al tema de la discriminación, es evidente que las viviendas cumplen una función social que no tienen los locales comerciales, ya que atienden a las necesidades de alojamiento de la población y más las viviendas que necesitan una rehabilitación general.
Por otra parte los locales siempre tienen la posibilidad de deducir gastos puesto que, por su naturaleza, se ejerce en ellos una actividad económica o están alquilados.

Un saludo.
30/05/2013 11:21
Mar08, gracias por tu aclaración.
Por otro lado y según a quién pregunte, unos expertos dicen que, dichas derramas, se pueden deducir en años sucesivos, si lo alquilo, hasta cuatro años. Otros dicen que no.
El problema es que ni en Hacienda lo aclaran.
Saludos.