En fecha 01-01-2008, se creó una Agrupación de Interés Urbanistico para desarrolar y ejecutar un sector de suelo urbanizable, y se han pagado desde entonces un total de 5 derramas. En fecha 01-02-2010 se adhiere un nuevo miembro en escritura de adhesión ante Notario. La duda es la siguiente: ¿el nuevo socio está obligado a ponerse al corriente en el pago de derramas anteriores, y por consiguiente pagar esas 5 derramas, o por el contrario solo le corresponde pagar las derramas que se aprueben en Asamblea a partir de su fecha de adhesión..?