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Derramas aprobadas antes de firmar arras

7 Comentarios
 
25/06/2013 15:28
Gran verdad: "No se fie de los agentes inmobiliarios, que su picaresca es enorme, la información la justa y si lo solicita"

Y como siempre los ciudadanos engañados y los organismos de control brillan por su ausencia, el API que me vendió a mi me engañó en todo lo que pudo, y el colegio de Agentes de la Propiedad no quiere saber nada del tema...

Lo que yo he leido es que "el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras" suele considerarse el momento en que se han finalizado las obras, de forma que si su obra está casi terminada, y a usted se le ha ocultado todo, solo debería tener que pagar la parte de la derrama que quede por concluir, según mi criterio. Si alguien tiene mejor criterio...
24/06/2013 11:01
Hola,

Quedan unos 90.000 euros pendientes a pagar de una facturo que roza los 300.000. Sin ser un experto me parece una pasada ese coste. Aunque yo me imagino que aquí falta algo más por hacer.
En cualquier caso mañana hablaré con el administrador de la finca para que me aclare el tema, luego hablaré con el intermediario para comentarle la posibilidad que me hagan un rebaja del precio final del piso a cuenta de esas derramas y si no tengo éxito (y aunque lo tenga) contactaré con la oficina del consumidor para que me oriente en todo el proceso que me queda hasta la escritura (no sea que haya más sorpresas).

Gracias por todo. Saludos.
24/06/2013 09:31
Lo que no es comprensible, es que esté la obra en fase de finalización y queden cantidades pendientes. Normalmente se comienza cuando se recauda el dinero.
La derrama de las partes atrasadas, entiendo que en principio debe pagarlas ud, sin perjuicio de reclamarlas al anterior propietario, para ello le pueden informar como proceder en las Oficinas de consumo.Por conducto de intermediación es mas efectivo que judicialmente, con la particularidad de que le sale gratis.
En consumo, y ante un abogado o varios, uds y el vendedor se entrevistan y entre todos llegan a un acuerdo que obliga, exactamente igual que lo puede hacer un juez.
23/06/2013 21:51
Hola,

Llevo dos días mirando el tema, y supongo que se deben referir al artículo 11.5 : "Las derramas para el pago de mejoras realizadas o por realizar en el inmueble serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras.".
Lo que no tengo muy claro es a efectos jurídicos cúal se considera "el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras".

Saludos.
23/06/2013 20:49
son responsables de la deuda de una derrama los propietarios de la vivienda cuando se acordo la derrama.
Digale que le indique en que articulo de la LPH queda recojido que usted ebe de abonar la derrama
23/06/2013 19:39
Hola,

Gracias por la respuesta.
El hecho es que no sólo es esa derrama. Hay varias de menor importe que hacen referencia a facturas pendientes de la comunidad por mejoras que ya se han realizado hace tiempo (en 2012). Por otro lado la fachada ya estaba prácticamente terminada en el momento que se hizo la oferta (la rehabilitación se inició en febrero del 2012). De hecho, cuando fuí a visitar el piso ya no había ninguna bastida en el edificio.

Que la mejora de la fachada mejora mi propiedad es indiscutible. Como el hecho que de no haber sido engañado por el agente inmobiliario y haber sabido que había estas derramas por pagar hubiera hecho una oferta inferior a la que hice (aunque la propiedad mejore yo no me puedo permitir pagar más de una cantidad determinada).

¿Es factible legalmente reclamar una rebaja del precio final en base, al menos, de las derramas existentes para pagar las facturas atrasadas que debe la comunidad?

Gracias por todo.
23/06/2013 19:09
Si se trata de una derrama aprobada pero cuyo pago hay que realizarlo tras su compra, le corresponde a ud. salvo acuerdo distinto entre las dos partes.
Tenga en cuenta que la mejora que se pagará con esa derrama mejora su propiedad, y queda en su beneficio, y lógicamente como antes de comprar carecía de esa mejora, el precio estará ajustado contemplando esa salvedad. O debería estarlo al menos.
No es lo mismo adquirir una propiedad con la fachada deteriorada que restaurada, y ud la compra deteriorada.
Si está la casa sin escriturar, se puede echar atrás, ahora ya sabe que perderá la señal, ud valore.
Normalmente esto se pregunta al presidente de la comunidad antes de firmar la compraventa, y se negocia a la baja con el vendedor.
Del mismo modo que negocia a la baja la vivienda que es lo que Ud está viendo y por ejemplo observa que necesita un gran arreglo.
No se fie de los agentes inmobiliarios, que su picaresca es enorme, la información la justa y si lo solicita. Te dicen que se vende lo que ves, si te interesa bien y si no a otra cosa.




Derramas aprobadas antes de firmar arras
23/06/2013 14:53
Hola a todos y gracias por adelantado ante la duda que tengo.

Resulta que estoy en proceso de compra de un piso del que ya hemos firmado las arras y pendiente próximamente de firmar la escritura. Tanto en la negociación de la oferta que hicimos como cuando firmamos las arras se nos dijo en todo momento que no había derramas pendientes, y que se estaba acabando de rehabilitar la fachada pero que ya estaba todo pagado. Las arras las firmé el 5 de junio del 2013.

Días después recibo, por petición mía, el acta de la última reunión de propietarios efectuada (junta extraordinaria), fechada el 21 de mayo del 2013. Mi sorpresa es que en dicha junta se aprobaron una serie de derramas a pagar mensualmente hasta enero del 2014 que son para acabar de pagar la fachada y para deudas pendientes de la comunidad, totalizando unos 1600 euros.

Quien lleva la parte vendedora dice que según la ley hipotecaria (supongo que querrá decir la ley horizontal) quien entre como propietario deberá hacerse cargo de dichas derramas. ¿Eso es así? ¿Si las derramas se aprobaron dos semanas antes de la firma de las arras en la que se nos dijo que estaba todo pagado y sólo consta como carga la hipoteca no debería asumirlas el actual propietario? ¿Puedo exigir que como compensación se rebaje el precio final en esos 1600 euros?

Gracias por vuestra ayuda.