Mi pregunta es si las derramas en una comunidad vecinos tambien son por coeficientes o son a partes iguales?.
En mi edificio se acordó pasar una derrama de 100 euros por puerta durante varios meses para un arreglo, si por ley es por coeficientes puedo negarme?
Las derramas son considerados gastos no previsto en lo presupuesto de la comunidad.
Desde su aprobación es un anexo a esos presupuestos, por lo que la cantidad repercutida sobre cada propiedad debe ser la marcada en los estatutos .
Como comentas las cuotas están siendo soportadas por los propietarios con arreglo a su coeficiente, por lo que la derrama también debería ser por el coeficiente de la vivienda
Usted debería haber votado no, e impugnar el acuerdo.
Ese acuerdo de pagar por iguales, depene para lo que sea, será a partes iguales o por coeficiente
Es para arreglar unas cosas en las terrazas de los aticos, que parece ser que es necesario, y las terrazas aunque las usen los que viven alli, son de todos
El que fue a la reunión es mi marido, yo cai en ese detalle dias mas tarde.
Si en los estatutos esta por coeficiente se podria modificar o al haberse aprobado en la reunion ya no?.
Es para arreglar unas cosas en las terrazas de los aticos, que parece ser que es necesario, y las terrazas aunque las usen los que viven alli, son de todos
El que fue a la reunión es mi marido, yo cai en ese detalle dias mas tarde.
Si en los estatutos esta por coeficiente se podria modificar o al haberse aprobado en la reunion ya no?.
Las terrazas es un gasto común por qué forma de las fachadas que es un elemento estructural, yo creo que ese caso debería ser por coeficiente. También creo que dado que la función se administrador es tener conocimiento de estos hechos ,el no votar en contra no creo que fuera causa para no poder impugnar el acuerdo.
A eso te puede contestar otra persona del foro.
Vanesadela: art. 18.2
2. Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto.
Trasto1964: Si su marido fue a la junta y nomostro oposición a dicha distribución,
Ahora no puede impugnar
Gracias, al menos para la próxima vez estaremos mas atentos y ya le diré yo al administrador que esas cosas debe el de proponerlas como son y ni siquiera dar la opción de pagar todos igual.
No se preocupe por la aportación a la derrama por partes iguales. Lo que si le debería importar al final, qué pagará usted de esa derrama que ya ha pagado sobre la factura a pagar que es lo que le correspondería por ley o acuerdos que tengan establecidos.
Ah, y olvide esos consejos de impugnar que la gente no sabe lo que dice. Eso requiere de abogado procurador y unos gastos judiciales que seguramente le saldrá más caro que la propia derrama.
Y sí, se puede hacer una derrama aunque no se tenga un presupuesto acordado porque es una previsión del gasto que se os viene encima (futuro).
Pague la derrama y cuando haya que pagar ese presupuesto usted participará en el pago en función de su coeficiente o acuerdos que tengan y nada más. Seguramente le sobrará dinero de lo ya pagado y de no ser así, tendrá que compensar lo que falta. Y nada más.