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Derrama por coeficientes

11 Comentarios
 
Derrama por coeficientes
14/03/2025 12:45
Mi pregunta es si las derramas en una comunidad vecinos tambien son por coeficientes o son a partes iguales?.
En mi edificio se acordó pasar una derrama de 100 euros por puerta durante varios meses para un arreglo, si por ley es por coeficientes puedo negarme?
14/03/2025 12:52
Trasto1964
Las derramas son considerados gastos no previsto en lo presupuesto de la comunidad.
Desde su aprobación es un anexo a esos presupuestos, por lo que la cantidad repercutida sobre cada propiedad debe ser la marcada en los estatutos .
Como comentas las cuotas están siendo soportadas por los propietarios con arreglo a su coeficiente, por lo que la derrama también debería ser por el coeficiente de la vivienda
14/03/2025 12:53
Usted debería haber votado no, e impugnar el acuerdo.
Ese acuerdo de pagar por iguales, depene para lo que sea, será a partes iguales o por coeficiente
14/03/2025 12:55
Diganos para que es la derrama, si es para poner el ascensor, sería legal
14/03/2025 13:43
Es para arreglar unas cosas en las terrazas de los aticos, que parece ser que es necesario, y las terrazas aunque las usen los que viven alli, son de todos
El que fue a la reunión es mi marido, yo cai en ese detalle dias mas tarde.
Si en los estatutos esta por coeficiente se podria modificar o al haberse aprobado en la reunion ya no?.
14/03/2025 13:43
Es para arreglar unas cosas en las terrazas de los aticos, que parece ser que es necesario, y las terrazas aunque las usen los que viven alli, son de todos
El que fue a la reunión es mi marido, yo cai en ese detalle dias mas tarde.
Si en los estatutos esta por coeficiente se podria modificar o al haberse aprobado en la reunion ya no?.
14/03/2025 13:55
Trasto1964
Las terrazas es un gasto común por qué forma de las fachadas que es un elemento estructural, yo creo que ese caso debería ser por coeficiente. También creo que dado que la función se administrador es tener conocimiento de estos hechos ,el no votar en contra no creo que fuera causa para no poder impugnar el acuerdo.
A eso te puede contestar otra persona del foro.
14/03/2025 16:04
Vanesadela: art. 18.2
2. Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto.
Trasto1964: Si su marido fue a la junta y nomostro oposición a dicha distribución,
Ahora no puede impugnar
14/03/2025 16:27
Gracias, al menos para la próxima vez estaremos mas atentos y ya le diré yo al administrador que esas cosas debe el de proponerlas como son y ni siquiera dar la opción de pagar todos igual.
14/03/2025 16:28
Otra pregunta, ¿Como se impugna algo? ¿Cual seria el procedimiento?
14/03/2025 17:15
Trasto1964
No se preocupe por la aportación a la derrama por partes iguales. Lo que si le debería importar al final, qué pagará usted de esa derrama que ya ha pagado sobre la factura a pagar que es lo que le correspondería por ley o acuerdos que tengan establecidos.
Ah, y olvide esos consejos de impugnar que la gente no sabe lo que dice. Eso requiere de abogado procurador y unos gastos judiciales que seguramente le saldrá más caro que la propia derrama.
Y sí, se puede hacer una derrama aunque no se tenga un presupuesto acordado porque es una previsión del gasto que se os viene encima (futuro).
Pague la derrama y cuando haya que pagar ese presupuesto usted participará en el pago en función de su coeficiente o acuerdos que tengan y nada más. Seguramente le sobrará dinero de lo ya pagado y de no ser así, tendrá que compensar lo que falta. Y nada más.
15/03/2025 13:52
Trasto1964
Eso es el impuesto de Plus-valia que hay que pagar en los ayuntamientos. Es legal y se debería pagar en el mes siguiente de la venta.