queremos poner un ascensor, estamos todos de acuerdo aunque con alguna reticencia pòr parte de la vecina del primero.
somos 8 vecinos, en principio se hablo de pagar a partes iguales, aunque yo pienso que se deberia de pagar en funcion de la altura de la vivienda,ya que los pisos mas altos se veran masrevalorizados que los de abajo.
¿como se podria hacer el reparto de gastos?
salu2 y gracias por vuestra ayuda.
todos deben pagar por igual,vivan en el piso que vivan..ya que piensa una cosa..en caso de humedad en los pisos superiores..¿por que tienen que pagar los pisos de abajo?
Los gastos de la instalación de un ascensor es el gran problema con lo que se encuentran las comunidades. En la compra de esos piso que ocurriría hace posiblemante más de 20 años, los pisos bajos serían más caros que los altos, y posiblemente sus coeficientes también. Si ahora se instala un ascensor se invertirán las tornas, los pisos que se revalorizarán más, serán los altos. Quiere esto decir que, si ahora los pagos se hacen por coeficiente y después los gasto que origine también, nos encontramos con un agravio para los pisos bajos. Por ello, entiendo que lo primero es quedar de acuerdo en la forma de pago (siempre que la instalacion sea viable, de lo contrario no hay nada que hacer). ¿Cómo quedar de acuerdo? cosa difícil, ya se sabe que donde hay dos españoles hay tres opiniones. Creo que lo más sensato es hacer un contrato donde figurara el reparto de gastos según acuerdo y figurar también que inmediatamente después de la instalación modificar los coeficientes que ya estarán concretados y figurados en ese contrato y firmarlo todos los vecino, el 100%.
Es mi opinión
¿Que ocurre en el acuerdo de instalacion de un ascensor, por primera vez, en un edificio en que la normativa urbanistica en vigor, no exige tener ascensor, por no superar el numero de plantas, a partir de las cuales si seria obligatorio?.
En este caso, ¿podria ser diferente el numero de votos a favor, necesarios para el acuerdo de instalacion?.
En primer lugar gracias por vuestras respuestas.
yo estoy de acuerdo con luis 25; lo que tambien me gustaria es que alguien que haya hecho el reparto segun la altura, me contase en que porcentaje lo hicieron.
salu2
Llegado a un acuerdo sobre el coste de la instalación opino que, hay que ponerse de acuerdo en los porcentajes a pagar sobre el mimo, y ese porcentaje servirá posteriormente de modulo para su mantenimiento. Por tanto había que cambiar los estautos en caso que haya y sino los hay, crearlos. Entiendo que se deben de hacer dos tipos de coeficientes. Uno para el resto de mantenimiento que podríase el actual (limpieza de escalera, electricidad escalera, seguro de la finca etc...) y otro para el ascensor. Todo ello debe de constar en los estatutos. Para el tema del reparto del ascensor hay que acordar el pago mínimo para los pisos bajos y de ahí para arriba ir incrementandose proporcionalmente por altura.
Me explico:
Entiendo que sois 4 plantas a razón de 2 vecinos por planta
1º planta =20%
2º =22%
3º =26%
4º =32%
Total 100% del valor del ascensor.
OJO: Esto es un ejemplo y lógicamente se pueden cambiar si los porcentajes no gustan. A cada planta se le ha ido aumentando 2 puntos con respecto a la anterior. Creo que podría ir la solución.
Espero haberte sido útil.
En el caso de que en la cubierta del edificio, estuvieran situados los lavaderos y tendederos, este reparto no valdria, ya que los del bajo haran el mismo uso que los del ultimo.
La pregunta inicial no hace referencia a ese caso, ni tampoco si hay parking subterraneo y pretenden que el ascensor llegue hasta esta.
En el reparto que he hecho se debe de observar que es por planta, lo que si hay 2 pisos por rellano ese porcentaje hay que dividirlo por 2.
Sí, evidentemente si hay un comunero que quiera tocar la "moral" siempre lo pude hacer, pero entiendo que ese no es el sentido de la mejora. Lo que si advierto es que si se llega a ese acuerdo, que se recoja en el registro de la propiedad como estatuto ya que si no se inscribe, los futuros dueños (cuando alguien venda su piso y venga un nuevo vecino) no estarán sujeto a ese acuerdo.
Hola Luis.
NO se trata de que el comunero que NO esta por la labor de soportar un reparto totalmente “contrario a la Ley” y “gravemente perjudicial para él” (sin tener obligación de soportarlo) quiera tocarle “la moral” a nadie, más bien lo que pretende es evitar que, a él, le toquen los …… bolsillos.
NO obstante te digo que el reparto que pones NO es “sangrante”, y digo yo ¿merece la pena, por tampoco, meterse en problemas?.
En mí Comunidad el reparto ha sido mucho más “sangrante”:
Un 30% más por cada altura inmediatamente superior, excepto los bajos que No pagan y los sótanos que pagan muy poquito . De tal forma que los del 4ª pagan un 30% más que los del 3º, un 60% más que los del 2º y un 130 % más que los del 1º (la diferencia entre el 2º y el 1º verás que es del 70%). Todo esto fue “trabajado” por el secretario-administrador. Lógicamente, las horas extras “se” las cobró a parte.
La verdad es que no entiendo los porcentajes que expones.Quizas deberías de exponerlo para estudiarlo. Los cálculos que yo he realizado y si mira los porcentajes van aumentando por planta 10%; 18.18% y 23%. Entre la primera y la última hay un 60%. De todas forma habría que analizar los coeficientes que actualmente tenéis ya que es posible que los bajos tengan coeficientes mayores y si se aplica en este sentido el reparto me parecería injusto.
No es la cantidad exacta pero es el mismo porcentaje:
Si los del 1º pagan 250.000 ptas. cada vecino
los del 2º 440.000
los del 3º 580-000
y los del 4º 700.000.
Este reparto es aproximado, es que tengo mucha prisa.
No te preocupes por analizarlo. Esto ya está impugnado. En el juicio el juez adelantó que este reparto es contrario a la Ley, ahora falta la sentencia.
Gracias de todas formas.
Saludos