Muchas gracias por la respuesta!
Si efectivamente, es la cuenta de la comunidad de vecinos no de la junta. Me confundí de términos.
Explicándolo bien se entiende lo que se quiere hacer. El problema es que mi administrador y presidente no han sabido explicar correctamente el procedimiento.
La comunidad no va a pedir préstamo, se va a recaudar el máximo de dinero posible primero y después pagar la obra.
Hay incorrecciones en su pregunta: La comunidad quiere NO, en la comunidad queremos, Ud. si no está conforme con la opinión de la mayoría, no le queda otra que impugnar y lo que lo decida el juez, hecho así, mientras lo decide, puede depositar la cantidad en los juzgados.
Aprobar un presupuesto, supone además de conocer el coste de la obra, ser conocedor de la obra a realizar, los materiales a usar y el tiempo de ejecución aproximado.
En su comunidad yo entiendo, que se ha realizado una derrama para realizar una obra, que de momento no se ha aprobado que empresa la realizará. Y se está haciendo una recaudacion previa para ir teniendo dinero para hacerla.
La cuenta en el juzgado es cierto que no la podrán abrir.
Lo lógico y normal es que se ingrese en la cuenta de la comunidad, (no en la cuenta de la junta, eso no existe),
Lo que no entiendo es su dsconfianza. Acaso no está mancomunada?
Usted va ha ingresar ese dinero, porque la comunidad va a pedir un préstamo verdad?. Si es así diganosló
Usted puede indicar que ingresará el dinero, cuando el banco lo haya concedido y esté en la cuenta
Una cosa a tener en cuenta y que es muy importante, es como está redactado en acta
En mi comunidad de propietarios quieren hacer una obra que nos supone a cada vecino casi 7.000 €. Por razones varias, no veo fiable
depositar el dinero en la cuenta de la comunidad. Uno de los motivos
es que no se nos han proporcionado presupuestos, se nos ha dado el
coste de la obra " haciendo una aproximación" entre varios
presupuestos que no hemos visto. La comunidad calla, no pregunta y
acepta la obra. No estoy de acuerdo con este proceder, a mi entender
primero se tendrían que presentar los presupuestos, aprobar por
mayoría el que más nos interese y a partir de ahí, fijar la cantidad
para solicitar el préstamo.
El caso es que el administrador propuso para la gente que tuviera
dudas en depositarlo en la cuenta de la junta, hacerlo en una cuenta
judicial. Uno de mis vecinos ha preguntado a un abogado y la respuesta ha sido que sin haber un juicio de por medio esta opción no se puede realizar. No me fío de meter mi dinero en la cuenta de la comunidad y que vaya a otros fines o que no se realice la obra y así perder un buen dinero. La opción de la cuenta judicial es cómo dice mi vecino?.
Si no es posible una cuenta judicial, que opciones de pagar la derrama
sin tener que depositar el dinero de una vez en la cuenta?