Dices, textualmente:
"en una comunidad, se ha establecido una derrama de 60 € mensuales para futuras obras. No se ha establecido el plazo durante el cuan se debe paga la derrama."
Se sobreentiende que la Junta de Propietarios aprobó esa derrama, ya que es la única que tiene esa potestad, y lo mismo para decidir terminar, continuar, aumentar, disminuir, o lo que sea con relación a la derrama. Así que hasta que no hagan otra Junta, y decidan lo que sea, tendrán que seguir pagando mes a mes.
No es que se niegue el pago de la derrama, que está asumido al haberse acordado en Junta General. La cuestión, es durante cuantos meses habrá que pagar esa derrama, porque en el acuerdo no se especifica.
Habría que saber con exactitud el motivo de la derrama, pero en principio, si no paga antes de final de mes, es moroso. Es un acuerdo de la junta de propietarios, y debe cumplirlo. Otra cosa es que se impugne el acuerdo.
No es algo infrecuente en las comunidades el ir obteniendo fondos para obras futuras, que "más o menos" se ven venir. Por eso digo al principio que habría que saber la justificacion de la derrama.
Obviando principios legales y tirándo de sentido común:
Una derrama,por su propia naturaleza es puntuál,lo que usted expone es un amento injustificado de cuota
la ley dice que es obligatorio tener un fondo para obras, y que este sera equivalente al 5% del presupuesto anual,asi que ese acuerdo no es legal, cuanto paga usted de comunidad?, que voto usted?
en una comunidad, se ha establecido una derrama de 60 € mensuales para futuras obras. No se ha establecido el plazo durante el cuan se debe paga la derrama.
¿Es esto legal?. ¿Es impugnable el acuerdo?.