En mi comunidad se ha acordado la instalación de ascensor por unanimidad la instalación de un ascensor pero a la hora de establecer la cuota de participación de cada planta cosa que se va a solucionar a posteriori, es donde está el problema.
Alguien me puede indicar, cual podría ser una buena formula, (ya sé que no hay nada escrito) pero por otros casos que se sepa...)
¿ Te refieres a hacer un reparto proporcional por alturas ? Dependeria de si hay azotea en el bloque, etc, si los bajos ( si los hay ) utilizarían el ascensor, etc. Por ejemplo podría ser
10% - bajo
20% - primero
30% - segundo
40% - cuartos
Eso se negocia luego y se aprueba en acta. Hay que tener en cuenta que, aunque digan lo contrario, entiendo que la revalorización de los pisos no es igual para todos.
De todas maneras es una OPINIÓN mia. Como ejemplo esta bien y parece justo.
Un saludo
Por coeficiente.
Cualquier otra forma de reparto, excepto que esten reguladas especificamente en los Estatutos, son impugnables, salvo por supuesto que sean acordadas por unanimidad.
A ver si he entendido bien, conforme subimos en altura pagaran mas por la instalacion, no?, implica ello que para el tema de los gastos posteriores tb era seguns este reparto.
Puede hacerse que todos los vecinos pagen igual?
Que pasa si uno se niega a pagar? Se suele hacer que en su planta el ascensor no para, pero esto no serian unas coaciones???
Las derramas de ascensor todos deben pagar por igual. Y los locales comerciales estan xcentos de dicho pago. Si no se quisiera pagar igual, entonces por coeficiente, pero no se usa y ademas es aberrante tanto o mas como la primera opcion que habeis dado. Y eso ha sido sin animos de ofender a nadie
Hola.
No veo porque es aberrante el reparto. El criterio de igualdad es injusto. La revalorización de los pisos no es la misma. Y si no, que repartan la plusvalía entre todos tambien cuando los vendan ( generalmente por los que conozco al poco tiempo venden o incrementan el alquiler ). Es aberrante pagar tanto la instalación como el gran incremento de gastos a quienes no van a utilizar un servicio.
Que hagan la prueba. Se prohiba vender el piso en veinte años. O devuelvan a la comunidad la diferencia de valor con una nueva tasacion del piso. A ver quien quiere ascensor.
En la instalación del ascensor hay que distinguir dos costos:
1.-Instalación como mejora general de la finca que pagan todos por coeficiente de propiedad.
2.- Uso y mantenimiento. Solo los usuarios eximiendo bajos y locales. En este caso puede hacerse por coeficientes relativos o acordar por unanimidad de los usuarios, otra forma de pago del mantenimiento.
La Jurisprudencia lo dejó muy claro.
Para repartir el pago del uso por recorridos en altura se precisa un estudio técnico, pues el mayor costo del uso, no está en el recorrido, sino en el arranque y parada del ascensor, a lo que es indifirente la planta en que pare.