escodaes, coge la pasta que hay para la obra y se la ingresas en la cuenta de cada propietarios que la haya puesto, y el que quiera hacer la obra, que se la vuwelva a pedir.
Que la pasta en el boilso atre mucho y cuets sacarla.
A quien le dices? A discolo?, pues yo con su permiso lo voy a traducir (sé taquigrafía y estenotipia):
"escoade", coge la pasta (dinero) que hay para la obra y se la ingresas en la cuenta de cada uno de los propietarios que la hayan puesto (que hayan entregado a la comunidad en concepto de derrama), y el que quiera hacer la obra, que se la vuwelva (vuelva) a pedir.
Que la pasta en el boilso(volsillo) atre (atrae mucho y cuets (cuenta) sacarla (creo que se refiere a la pasta, cuando dice "de" sacarla").
Señoras y señores, esto parece un culebrón, pero de los malos y escalofriantes, puesto que me consta que el administrador se está moviendo para intentar no pillarse los dedos en la junta del martes.
En fin por las respuestas dadas estoy hecho un lio, no es ilegal lo que se ha hecho pero ha sido el peor procedimiento del mundo. Por más que he mirado no he conseguido averiguar donde pone en la ley cual es el procedimiento para acometer obras (siempre me habeis comentado: proyecto, presupuesto, aprobación, derrama, pago e inicio de obras) para mi es el más legal y transparente, pero necesito saber si es el que figura en la ley para poder atenerme a ello.
La verdad es que me he cruzado con un par de vecinos que pensaban destituirme el martes y me han dicho que no sabían que las cosas estaban así y que el martes van a pedir explicaciones. Espero que sea así porque quiero que salga todo bien y se hagan las cosas lo más transparentes posible.
Un saludo y agradecimiento a todos los que estais aportando vuestra opinión/conocimiento.
No entiendo por qué no se entiende que la comunidad puede pedir una cantidad como provisión de fondos y como bien dice TN si después "sobra" se devuelva.
A ver ¿qué hacen un abogado y un procurador antes de iniciar un proceso judicial? ¿No cobran una cantidad como provisión de fondos y después si sobra lo devuelven? ¿No es similar?
Al abogado y procurador se les entrega una cantidad a cuenta (provisión de fondos) porqué no se sabe hasta cuanto y cuando puede durar la "cosa"; en cambio cuando se aprueba un presupuesto ya se sabe a cuando asciende la cuantía, es más, a la par ya se debe calcular cuanto tiene que pagar cada comunero, según coeficiente o lo que acuerden, es decir, la derrama debe hacerse después de haberse aprobado el presupuesto y perfectísimamente pueden juntar "pasta" suficiente para empezar a pagar las obras, porque normalmente, una vez aprobado el presupuesto, suelen tardar un tiempo en empezar (las obras).
Salvo mejor opinión.
OK.?
Saludos cordiales para tod@s. ( Por Madrid buen tiempo!!)
Este caso es igual, Salamandra, porque no se ha aprobado un presupuesto, sino la obra.
Los abogados, cuando empieza el proceso, sabemos lo que puede costar y lo que puede durar, pero se pide de más (o de menos, depende del abogado) por mil y una cosas que no viene al caso aquí y que pueden surgir (o no, y en ese caso se devuelve el dinero).
La derrama, en este caso, es una provisión, aunque le llamen derrama por confusión, pero eso da igual, porque repito, está aprobada y nadie la ha impugnado.
Escodaes, ya te hemos dicho que está regulado en la LPH, referente al artículo que habla del diferente tipo de obras, a los artículos de las mayorías, etc..., mírate la LPH desde el principio y verás varios artículos referentes a tu tema, que se complementan con diferentes sentencias interpretativas.
Lo que debes hacer en la reunión de mañana, es pedir la aprobación de un presupuesto y, como eres el presidente, te corresponde buscar presupuestos también a ti (lo puede hacer cualquier vecino, aunque lo normal es el presidente) si ves que el administrador pretende aprobar uno que no te convece.
Después se vota y, el que coja la mayoría, porque repito, no estáis vinculador por el acuerdo entre el administrador y la empresa que os hizo la reparación.
Mi caso es mas divertido (si cabe):
1.- Se cambia a nuevo presidente al inicio del año. En esa junta, se aprueba que el presidente puede realizar obras de pintura en el portal hasta un valor de 2.800€. Y nada mas.
2.- El presidente contrata obra por valor de 3.100€ en pintura (hasta aqui, no vamos a protestar). Monta una encuesta entre los vecinos y propone obras para: cambiar las ventanas de la escalera, cambiar las letras de las plantas, pulir el suelo, etc todo por un valor de mas de 8.000€. Crea una derrama. Todo esto sin hacer una junta, sin presentar presupuestos, sin presentar plan de pagos y sin aprobacion de derrama.
3.- Al final monta una junta en la que todos los vecinos menos yo estan de acuerdo en como se ha hecho (a posteriori) porque como les ha ido preguntando uno a uno, pues que eso vale como junta y como aprobacion por mayoria.
4.- Yo digo que como no ha habido junta, no he visto presupuestos ni aprobado nada, esa parte de las obras no pienso admitir la derrama (salvo la pintura que se aprobo expresamente en junta con presupuesto asociado).
¿Tengo razon? ¿Me puedo meter en juicio con la comunidad con un minimo de seguridad en que esto tiene buen fin para mi? ¿Alguna solucion que no sea tragar con lo que una persona decide hacer y todos seguimos sin rechistar -en esta comunidad, cada uno se arregla lo que le toca cuando es presidente, cuando era el del ultimo, el tejado; cuando es uno intermedio, la escalera, y asi, pagamos la fiesta el resto?
En mi comunidadnos corresponde hacer la ITE en 2019, por capricho la han adelantado ahora
Han contratado un arquitecto que nadie ha visto el proyecto que va a presentar Ayuntamiento
Han puesto sin aprobar presupuestos de las obras de una derrama me puedo negar a pagarla
Y no hacerlo hasta el año que es obligatorio 2019
Hola buenas tardes tengo una consulta en el mes de feb se celebró una votación para hacer los pagos de gastos de comunidad y se lanzó a votación 2 propuestas a partes iguales como se está haciendo o a coeficiente ,el cual yo me enteré después de la votación que se estaba haciendo do eso y el administrador me dice que me lo había enviado por correo dicho documento que yo no me había enterado ,el caso le reclamo que yo no estoy de acuerdo con dicha votación y me comenta que él no puede hacer nueva votación que ya se realizó y el cual salió a pagar los gastos por coeficiente todos los gastos en general
Informándome yo e detectado que los gastos de administración de fincas también se están realizando por coeficiente y la ley marca que se tiene que pagar por partes iguales ,entonces yo como propietario que no estoy de acuerdo con esa votación echa puedo impugnar dicha propuesta y pedir otra celebración de votación
Buenas tardes en una comunidad con un libro de actas con más de 38 años de antigüedad en el cual siempre se a estado pagando las derramas a partes iguales se pueda cambiar a coeficiente habiendo pasado los 10 años ya y eso ya no se pueda cambie por prescribir