Bueno pues arreglado, si es para el disfrute posterior es el actual propietario, inclusive si se estuviera pagando en el momento de la compra, deberia continuar pagando el comprador...
Bueno veo que tengo otro nombre más, lo incluiré en la lista.
Esto indica que Trizia.gc, no se explicó completamente, que si yo respondí como lo hice, al igual que dickTurpin, según los datos con que contábamos.
Si es algo que no se ha ejecutado la obra y que se empezará a pagar en este año, por supuesto corresponde al actual, aunque he de aclarar, que no es que responda el piso, es el dueño el que responde, sólo si no responde al pago, se hace con el piso, esto es un vicio que cogen los abogados y profesionales, que a la larga, tiende a confundir las cosas.
Jalisco, si vende la vivienda el anterior propietario y está conforme al firmar de que está libre de carga, lo está según certifica el notario, si hay ocultación de datos, es otro cantar, al igual que no se especificase esa eventualidad, si hubiese carga, el nuevo propietario, tendría que cargar con la deuda, al no pedir certificación al secretario y firmar el acuerdo.
Pedro Bernardo: una cosa es no estar de acuerdo y otra no llevar la razón.
El notario certifica que está libre de cargas, 0sea no tiene hipoteca, y si no tiene un documento emitido por el responsale de la comunidad que indique lo contrario no puede saberlo.
Es el còmprador quien debe exigir el documento al
vendedor.
Y si la derrama constaba en acta que empezaba a pagarse este año, pues no tiene vuelta de hoja.
Hola,
Muchas gracias a todos por responder.
La derrama es para algo que se va a hacer este año pero que se sabe desde el año pasado que está pendiente de arreglar. Es para reparar la fachada, ya que sé cayó un trozo de la terraza de un vecino.
Muchas gracias.
Saludos
Lo mejor es ir paso por paso y el primero es saber para que es la derrama, si se trata para el pago de una deuda antigua o algo que se va a hacer este año... va a depender mucho del porque la derrama para poder dar una respuesta objetiva
No estoy completamente de acuerdo con DickTurpin, porque es cierto que las deudas las adquiere la vivienda, pero antes tuvo un dueño diferente al que correspondía el pago de la derrama, cosa que parece olvidar DickTurpin, también parece olvidar que Trizia.gc, especifica que la compró libre de carga, que aunque no tenga una certificación del Secretario, de que el anterior dueño estaba libre de cargas, tiene la certificación del Notario de estarlo, por lo que no corresponde a Trizia.gc pagar la derrama, con esto el anterior dueño ha de asumir su correspondiente carga por la derrama generada.
La respuesta es afirmativa porque el piso responde por obligación real de las deudas del año en que se adquiere la vivienda y las del año inmediatamente anterior.
Por otra parte el Administrador certifica que el propietario está al corriente en los gastos comunes aprobados en junta y consecuentemente ninguna exigibilidad de la derrama podía existir. Por dicha razón, imagino que no hace mención en la certificación.
¿Se incorporó a la escritura de compraventa, certificación expedida por el Secretario- Administrador de la Comunidad, indicando la deuda de esa vivienda a fecha de compra?.
¿Se mencionaba en esa certificación la derrama aprobada?.
Hola,
Me ha surgido una duda que agradecería si alguien tiene el conocimiento me solucionase.
En diciembre de 2010 compré un piso, y esta semana en una reunión de vecinos han hablado sobre una derrama de 6000€ que esta pendiente desde el año pasado pero que se va a empezar a pagar este año.
El piso lo compré libre de carga, pero me surge la duda de si esta derramá me corresponde a mi pagarla o no.