Buenos días, tengo una duda sobre incompativilidades de normas. En el R.D. 1.428/2003 se aprueba el R.G. de Circulación y en la disposición derogatoria dice que se deroga un el R. D. 13/1992 además de un art. del C. de la Circulación, pero lo que no entiendo es la coletilla final "....y cuantas disposiciones de igual o inferior ramgo se opongan a lo dispuesto en este R. Decreto". Si el R.G. de Circulación regula las condiciones en que las bicicletas llevarán remolque y otro real decreto R.D.2.88/1998, dice que los remolques se engancharán a vehículos de motor, quiere decir que dicho R.D. queda derogado, en su totalidad al no especificar ningún art. en concreto o a pesar de la disposición derogatoria el mencionadao R. Decreto se puede oponer al de Circulación. Saludos