El tema es el siguiente, se ha derogado una Directiva...y el RD que la transpone se sigue aplicando...no habría en este caso una derogación tácita del RD?,que ocurre si ese RD ha regulado algun tema "a mayores"..tb sería derogado? o se podría aplicar igualmente? a ver si me podeis ayudar pq me estoy armando un lio.
Muchas Gracias