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derechos y deberes del propietario de una vivienda

3 Comentarios
 
29/10/2010 10:35
La Ley de arrendamientos urbanos obliga al inquilino a pagar LAS PEQUEÑAS REPARACIONES que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda; mientrás que el propietario ha de mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad.

En el caso concreto que menciona si el calentador precisara únicamente de una pequeña reparación correría a cuenta del inquilino; pero si necesita un calentador nuevo (y no puedes demostrar que el vecino lo haya roto a proposito), y dado que sin agua caliente la vivienda podría considerarse inhabitable, mucho me temo que el nuevo calentador correrá de tu cuenta.

Igualmente deberás pagar toda avería en el piso que no se pueda resolver mediante una pequeña reparación y que merme las condiciones de habitabilidad del mismo (salvo que el inquilino expresamente haya provocado esa avería)


De no hacerlo así e ir a juicio no solo podrías verte obligado a pagar el calentador, sino que además el inquilino tendría todo derecho a, si así lo desea, dejar el piso recuperando su fianza.

PD Se que lo de "condiciones de habitabilidad" y "pequeñas reparaciones" puedse sonar bastante ambiguo, pero en el caso que nos ocupa resulta bastante claro que TU has de pagar el nuevo calentador.
29/10/2010 09:00
gracias señor Marticc,le planteo la pregunta de nuevo a ver si la entiende mejor.
tengo piso alquilado y amueblado,lo que quiero saber es si durante el tiempo que lleva el inquilino se le estropea
el calentador por el uso del mismo, yo como propietario
tengo el derecho de ponerle otro nuevo es decir tengo que
pagar todo lo que se le estropee al alquilino?
muchas gracias.
29/10/2010 00:32
No se entiende bien la pregunta. supongo eres el propietario del piso, y tu pregunta es si ante un calentador roto tienes el DEBER de pagar uno nuevo. El propietario tiene el deber de mantener la casa en unas condiciones mínimas de habitabilidad. Una casa sin agua caliente en pleno otoño o invierno no sé hasta que punto es habitable (eso lo debería decidir el juez, pero mi consejo es que no vayas a juicio y repongas el calentador).

Si tu pregunta es si como propietario tienes DERECHO a instalar un calentador nuevo en el piso o ejecutar cualquier obra de mejora en el mismo: Tienes derecho siempre y cuando la naturaleza de la obra no se pueda aplazar hasta que el contrato finalice, avises con 3 meses de tiempo al inquilino, y sabiendo que según la naturaleza de la obra el arrendatario puede ahorrarse parte del alquiler mientrá dure la obra, o rescindir el contrato
Derechos y deberes del propietario de una vivienda
29/10/2010 00:12
buenas noches,por favor quisiera que me informaran de
lo siguiente:tengo alquilado piso amueblado hace unos
siete años y se les estropeó el calentador de agua,tengo derecho a ponerle uno nuevo. gracias.