¿Puede una nueva sociedad (S.L.) constituida por uno o más socios de otra S.L., que en la actualidad no ejerce ninguna actividad, adquirir los derechos y deberes de ésta? Ej.: un contrato que la sl sin actividad, en su momento, suscribió con un particular, pero que en ningún momento se le comunicó a éste el cambio de nombre y ahora docen que es la misma sl.