Jajaja,no se me había ocurrido,muchas gracias por la idea,desdeluego eso sería lo mejor ;) No está interpuesta,ella le amenzazó con interponerla,pero aún no lo ha hecho.
Gracias!
Por cierto, ¿está presentada la demanda en Baleares o todavía no? Lo digo porque quizás se puede adelantar su amigo y proceda que la presente él en Madrid, que aquí el que no corre, vuela.
Por poder si puede, pero algunas veces puede salir muy poco rentable, hay que sopesar las circunstancias, los letrados si se desplazan cobran por esos desplazamientos como es lógico ¿qué es más rentable, que se desplace el padre o el abogado? depende de las circunstancias. En su caso, es probable que le interese, por ser más práctico, contratar al abogado en Madrid y al procurador en Baleares, pues este último es el que más se va a mover en los juzgados.
En cualquier caso, para evitar sorpresas, le recomiendo que solicite presupuesto detallado, donde habrá de indicarse claramente lo que entra y no entra, si está de acuerdo con el presupuesto firme Hoja de Encargo. De esta manera nadie engaña a nadie, todo clarito.
Os comunico a todos que efectivamente,este amigo ha decidido ir por la vía contenciosa, porque se ha dado cuenta de que no tiene nada que perder. Me ha preguntado si puede contratar a un abogado de Madrid, o si tiene que ser un abogado colegiado en Baleares,que es donde vive ella,¿un colegiado en Madrid puede representar a un cliente en otra comunidad autónoma?
Toda la razón. Está claro que el convenio,ni le va a beneficiar ahora, ni a la larga, ni cuando sea la modificación, y como ud. dice,se habrá asentado una práctica basada en el mutuo acuerdo,muchísimas gracias otra vez a todos.
Un saludo y buen puente de nuevo :)
Su abogado puede redactar sin problema estas propuestas, simplemente es mencionarlas, concretando plazos, tiempos o cantidades, según proceda en la redacción. Puede incluirse también que el menor volará con acompañamiento de azafata cuando alcance la edad que las compañías lo permiten (creo seis años)
Creo que el convenio que le proponen es muy inadecuado para el menor, y para la imagen de un progenitor que lo acepte como no custodio (y para el custodio que lo propone, claro) Aunque ahora deba litigar el menor sufrirá menos que si lo hace cuando éste tenga seis años y ya esté asentada durante años una dinámica lesiva para el menor, de mutuo acuerdo, y que será mas dificil variar de no existir variación en las condiciones, y si el menor "estuvo bien, por mutuo acuerdo, durante años" ¿que debe suceder para que haya condiciones para variar esa situación?
Yendo a contencioso no parece que el juez "conceda al menor" tan poca comunicación con el padre como se propone en el mutuo acuerdo... Creo que está claro que no procede el mutuo acuerdo, al menos como dice se propone. El padre puede, lógicamente, proponer otra cosa.
Gracias,Jose Ramón,qué interesantes estas propuestas, podría ver algún convenio en el que se hayan intentado, para ver cómo se articulan? Ya le he comentado que lo mejor que puede hacer es decirles que no piensa firmar eso,a ver qué me dice.
Muchísimas gracias!
Un mutuo acuerdo en los términos que comenta creo que es perjudicial para el menor (lo entienda o no así el fiscal) por tanto mejor ir a un contencioso que aceptar la incapacidad para atender al menor.
Puede ser conveniente, atendiendo a la distancia entre progenitores, plantear una custodia monoparental para el padre (y/o compartida por años o ciclos escolares) que implique que el no custodio disponga de fines de semana optativos mensuales, puentes, porcentaje en periodos vacacionales superior al cincuenta por ciento de los mismos, gastos de desplazamientos porcentual a los ingresos de los progenitores, comunicación telefónica frecuente. De este modo, puede que aunque no consiga la custodia el fiscal y juez acepten que merece lo que ofrece. Aunque algunos de estos puntos parezcan no aplicables por la corta edad del menor no es así.
En cuanto a pensión de alimentos, ofrecer de mutuo acuerdo una cantidad por encima de las posibilidades implica perjudicar el interés del menor en cuanto a poderse visitar con el no custodio en unas condiciones similares a las que dispone con el custodio. Lo mejor es evaluar los gastos del menor y dividirlos porcentualmente a los ingresos de ambos progenitores en el momento de la vista.
Efectivamente, así es. Ha sido uno de esos casos,en los que él no ha denunciado ese comportamiento de la madre,que como bien dices en muchos casos le puede beneficiar a la larga,porque consta que hubo mala fe por parte de la madre,y que le obstaculizó las relaciones paternofiliales. Pero esas cosas se suelen quedar en problemas de pareja y de ahí no pasa,y luego acaban las cosas así. Por lo que yo sé,la mujer ya vivía en donde vive ahora el niño cuando intentaron por última vez arreglar las cosas,no funcionó y él ya se vino para Madrid,por lo que tampoco se puede decir que la mujer se llevara al niño a otro domicilio sin el consentimiento del padre,pero lo que sí hizo es impedirle el verle,y no comunicarle el cambio de domicilio.
En fin,ya poco se puede hacer respecto a eso, y pese a esa posibilidad que planteas de discrepar del acuerdo en ese punto en la vista,quizás en definitivas cuentas lo mejor sea hacerlo por juicio desde el primer momento, no sea además que se alegue más adelante que él estuvo de acuerdo con esa medida en su día,cuando la pretenda cambiar considerablemente.
Hola:
Cdm, suelo ser típico en estos casos, no sé si en este, que el padre no haga nada, legalmente, cuando la madre se marcha, cambia de domicilio, impide el contacto con el padre y demás conductas típicas. El no hacer nada suele caer dentro de un peligroso, y generador de problemas a posteriori, consentimiento tácito. Por eso siempre hay que actuar en esos casos. Que de entrada se consigue poco, no importa, pero queda manifiesta, generando pruebas, la oposición, por lo menos, y va a ser útil posteriormente.
Creo errado el planteamiento de ese padre al intentar evitar el contencioso firmando lo que sea de mutuo acuerdo y pensar que después va a resolver el desaguisado que el mismo puede crear a golpe de modificación de medidas. En primer lugar porque las medidas no se cambian así como así con tan sólo pedirlo, tiene que haber cambios sustanciales en las circunstancias y demostrarlos. En segundo lugar porque en aras de evitar gastos en un primer momento la liamos y luego si no querías taza toma taza y media, con la gravedad de que pueden existir puntos muy difícilmente modificables.
Si se celebrara vista entiendo que si, se podría introducir ese “estoy de acuerdo en todo menos en esto”. Aunque, ya le comenté, por experiencia propia y ajena, se puede encontrar que si firman un mutuo acuerdo no le vean ni la cara al juez. Yo firme el convenio de separación en el despacho de mi asistencia letrada, en presencia de la misma, mi ex y su asistencia letrada, en 20 días tenía la sentencia de separación sin pasar a ratificar ante juez alguno. ¿Irregularidad? Si, lo que quiera, pero se ahorran tiempo, las partes encantadas por la rapidez y como es mutuo acuerdo nadie se va a quejar y menos si te dan la sentencia caducada en plazos para presentar el recurso, y si reclamas te pueden dar la vuelta a la tortilla rápido. No voy a afirmar que esto sea generalizado en toda España, mi experiencia no llega a tanto, pero en mi zona no son inusuales estos “apaños”, que por estos lares los hay muy pillines, cuando no otras cosas.
Dos buenos apuntes los realizados por Mace3, tener en cuenta distancias para determinar el régimen de estancia con el menor sin someterle a dolosos desplazamientos y por Mamafeliz al indicar la posibilidad de adjudicación para el padre de los puentes, con muchas posibilidades de obtenerlos dadas las distancias entre el lugar de residencia del menor y la del no custodio.
Hola,sietelunas,muchas gracias,sí que me sirve de ayuda. Creo,después de todo lo que me habéis dicho,que lo mejor que puede hacer es negarse a firmar ese convenio abusivo, y dejarlo en manos de un juez,porque a fin de cuentas si firma ese convenio,por una cosa o por otra terminará teniendo que ir a juicio para cambiar las cosas,así que creo que sale ganando solo por ir por lo contencioso.
Hola, Te contesto... Ante todo prevalece el menor, un acuerdo firmado con sentencia firme o no, puede ser revocada a peticion de cualquiera de las partes. Es igual que el padre este en paro o no, si tiene un lugar y medios para atender al menor, es muy dificil que un fiscal le niegue "un derecho" de ambos, bajo mi punto de vista, solo podria negarsele sus derechos, si hay algun resquicio de duda sobre la seguridad e integridad, como dejarlo solo, no tener capacidad de substento, que tenga problemas de salud, alcholismo etc etc...
Si el padre reside fuera de la comunidad donde reside habitualmente su hijo, los gastos de desplazamiento corren por parte de el...
Tienes razón, creo que en cualquiera de los casos una sentencia de un juez no empeoraría la situación que le propone la mujer. Un detalle en el que no había caído,lo de los puentes,gracias :)
Creo que deberias aconsejarle el contencioso, el convenio de mutuo acuerdo solo deberia llevarse a cabo cuando realmente la dos partes estan de acuerdo en todo, y sin embargo suele usarse para chantajear, cualquier juez le dara la mitad de las vacaciones y estando en paro la pensión seguramente sea mas baja si el pide que sea menos y demuestra que tiene pocos ingresos, por otro lado le recomiendo tenga cuidado con que quede claro cuales son los gastos extraordinarios que en algunos convenios de mutuo acuerdo meten muchos gasto que en realidad son de la pensión de alimentos, creo que he leido que habia distancia entre los domicilios de los padres, en ese caso tambien pidan que le correspondan los dias festivos y puentes que le toquen por fin de semana y asi podra llevar a su hijo a ciudad de vez en cuando.
Gracias,Macc3. En este caso los viajes hasta Madrid en avión (donde reside el padre) también se establecen después de los 6 años,aunque respecto a esto lo de antes y después de los 6 tiene más sentido,porque es mucha paliza para un niño tanto viaje,como tú dices, en avión.Supongo que también dependerá de cada juez y de cada fiscal, ya que en tu caso dieron un toque de atención.
Hola cdm, no creo que el juez firme ese convenio, en mi caso casi no lo firma porque le parecía poco tiempo con el padre, si supiera que viene cada tres meses a ver al peque fliparía. En mi convenio no puede pernoctar con el padre hasta que cumpla los cuatro años, lo puse porque el padre esta en otra ciudad y me parece muy pequeño para estar de viaje todo el fin de semana.
Gracias por tu opinión,Lamanchega,cada vez estoy más convencida de recomendarle que,aunque sea más gravoso,se decida por el contencioso.Solo quisiera aclararme la duda que le he hecho a sietelunas,ya por curiosidad.
Muchas gracias,un saludo.
Dices que el padre está en paro y que cuando trabaje pedirá modificación de medidas,pues bien,piensa que si ahora firma 300 euros estando en paro,luego se lo subirán.
Y francamente,para ese acuerdo tan poco generoso con el padre,yo pienso que le conviene un contencioso,cualquier juez le concederá mitad de vacaciones.
Por cierto,una pregunta (para sietelunas): Si en el momento de ratificarse en el convenio hace saber al juez que está en desacuerdo con ese punto,el fiscal podría adjudicar la mitad de las vacaciones? Aunque no lo haga de oficio,si él muestra su disconformidad con ese punto, el Ministerio Fiscal lo haría?
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas. Os cuento un poco el caso por encima. El hombre lleva un año sin poder ver a su hijo porque ella no se lo dejaba ver (también se cambió de dirección sin decírselo y él se enteró de la nueva a través del borrador del convenio que le ha enviado su ex), y según él esa estipulación de los 6 años es una "venganza" por no haberle respondido a las llamadas de teléfono (aunque se comunicaba con ella por mail). Son una pareja que ya se había roto casi antes de nacer el niño,por lo que el niño aún no conoce al padre (ahora tendrá un año y algo),y lo de "a punta de pistola",es porque él se ve casi obligado a aceptar esto por no meterse en un contencioso,porque además ahora mismo está en paro y han pactado alimentos por 300€,y su idea es más adelante,cuando esté mejor económicamente,pedir una modificación de medidas. Respecto a la pernocta, lo curioso del convenio es que sí se le concede,si cuando él vaya tiene un lugar donde alojarse (las visitas tendrían que hacerse en avión),pero lo más curioso,es que en eso no hay más diferencia entre antes de los 6 años y después que una hora más con el padre los domingos. La diferencia brutal es solo respecto a las vacaciones,que le están vetadas hasta esa edad.
(Por cierto (para José Ramón Viesca), me parece que me expresé mal, lo de que no lo podrá tener en su compañía me refería solo a las vacaciones, durante el resto del año (y hasta los 6) sí podrá convivir con él y pernoctar sin la madre,pero siempre en la localidad de la madre).
Está bien saber que al Ministerio Fiscal puede que ni le llame la atención algo así,quizás entonces lo mejor que podría hacer es ir a un contencioso y que le dén todo a la mitad...