Todo dependerá de si la esposa tiene hijos menores. En este caso, en el supuesto de que se atribuya la guarda y custodia de los hijos a la madre , ésta tendrá derecho al USO de la vivienda conyugal aunque el único titular sea el marido, pero sólo el USO y no la propiedad hasta que los hijos se independicen. Independizados el uso pasa a ser del marido como único titular que es.
Aunque sea la sociedad matrimonial en regimen de ganaciales si el piso lo adquirío el marido antes del matrimonio, la propeidad siempre será de él.
Lo que se puede negociar es que si la esposa tiene derecho a una pension compresatoria por no haber trabajado durante la vigencia del matrimonio, se puede substituir esta pensión por la adjudicación de la mitad del piso.
Quisiera saber que derechos tiene una mujer extranjera sobre la vivienda de su marido (nacionalizado español) adquirida anteriormente al matrimonio (celebrado en el extrangero pero registrado en España) en caso de separación.Gracias.