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Derechos sobre la propiedad intelectual de un software

5 Comentarios
 
15/09/2014 11:44
Buenos días,

Debido a los recortes, mi jefe me pidió mi portátil para instalar el programa de gestión y mandarme a casa a trabajar...la luz, internet, etc... era los de mi casa.

Ahora ya estoy en paro, y ese programa se ha quedado en mi pc. ¿ Puedo utilizarlo?

Pd: El programa se lo hicieron a medida. Se lo han ido haciendo a medida.
26/05/2011 12:54
De momento esas eran mis dudas.

Muchas gracias por toda la ayuda recibida.
25/05/2011 19:38
Como prueba de la autoria del software, es mejor el deposito notarial (escrow). Gozas de mayor confidencialidad, menor burocrácia, mas rapidez...pero tambien es más caro que si lo registras en el Registro de la Propiedad Intelectual.
25/05/2011 16:22
Muchas gracias, era eso lo que quería saber.
Por cierto y si no es mucha molestia, me gustaría saber cual es la mejor forma de proteger mi programa, puesto que la propiedad intelectual tengo entendido que protege el código pero cualquiera podria hacer el mismo programa creando su propio código desde cero. Teniendo encuenta eso que es mas eficiente, el registro en la propiedad intelectual o un deposito notarial.

Muchas gracias de nuevo.
25/05/2011 13:32
En relación a tu pregunta, te contesto haciendo referencia a una Sentencia del TS de 21 de junio de 2007. Conforme a dicha sentencia, para que una empresa tenga la titularidad sobre los derechos de explotación de un software es necesario.
- que la creación del software por parte del trabajador asalariado, haya tenido lugar en el ejercicio de las funciones que se le han encomendado, o
- que el software se haya creado por iniciativa y bajo las instrucciones del empresario.

Por tanto, y según lo que comentas, la creación y desarrollo del software no te ha sido encomendada en el ejercicio de tus funciones, ni bajo intrucciones de la empresa para la que trabajas, en cuyo caso la titularidad de los derechos de autor del software te corresponden a tí.
Podrías ceder su uso a la empresa en la que trabajas, pero dicha cesión no debería ser gratuita.
A tí te corresponden los derechos morales y de explotación sobre la obra.

Espero haberte servido de ayudad.

Saludos
www.convelia.com
Derechos sobre la propiedad intelectual de un software
24/05/2011 16:37
Hola a todos


De antemano, gracias por dedicarme vuestro tiempo y ayuda.

Quería comentaros que un amigo y yo hemos tenido una idea sobre un software que creemos bastante buena y protegerlo una vez realizado.
He estado investigando sobre el tema y me ha surgido una duda:
Yo actualmente estoy trabajando en una empresa como programador con un contrato por obra y servicio. Si yo desarrollase ese software en mi tiempo libre, en mi casa y sin utilizar recursos de la empresa, ¿Podría la empresa reclamarme los derechos de la propiedad intelectual una vez desarrollado y registrado el programa?