Hola a todos.. Mi duda/ consulta es, si se tiene obligacion por parte de la empresa vendedora que es un banco, en dejar en buenas condiciones y limpieza un terreno urbano que venden., antes de entregarlo y firmar escrituras.
Es suelo urbano en un pueblo y tiene casi, 2 metros de hierbas y plantas que puede afectar a otras casas colindantes. Tanto los bichos y demás cosas que salgan de ahí, como si se prende fuego.
La persona que está llevando el trámite, me dice que el dicuemnto de oferta por la, compra del solar es inamovible. No se puede quitar ni poner nada, nuevo. Pero en el documento, solo hay derechos por parte del que vende, no hay nada para el que compra.
Gracias
Obligación se tiene de cumplir lo estipulado en la compraventa, si no consta o no admiten esa como cláusula el comprador tiene dos opciones, intentar incluirla, negociar un precio descontando el valor de los trabajos de desbroce o dejar para otro interesado el solar.
Realmente no es un contrato de compraventa como tal. Es un documento de oferta y adquisicion por el precio tiene puesto sobre ese solar. Y como ya he comentado y me ha dicho la oficina que lo gestiona, no se puede añadir nada a ese documento. Cosa, que no veo logica por un lado.
El precio ya se negocio en una primera vez, puesto que ese mismo documento, fue para hacer yo una oferta a la baja sobre el precio original y lo rechazaron y me dijeron que si queria comprarlo, que a ese precio.
De ahi, la consullta sobre derecho y tambien obligaciones del comprador y vendedor.
Dejar el solar a otro interesado, lo puede comprar el que quiera. No creo que eso tenga nada que ver,
Pues, algo hay en el art, 1474 del código civil. Sección 3 - del saneamiento. Refiriéndose al art 1461 sobre qué el vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de la venta.