No tiene derechos de explotación, pero sí conserva los derechos morales (paternidad, entre otros). La Ley de Propiedad Intelectual recoge expresamente este asunto para el caso de "autor asalariado". Y dice que en ausencia de cláusula expresa sobre este asunto en el contrato laboral, se presume que el autor "cede en exclusiva su obra a la empresa con el alcance necesario para llevar a cabo su actividad empresarial". Esto sobre los derechos patrimoniales. En relación a la autoría (derecho de paternidad) es ETERNA para el legítimo autor.
Derechos sobre artículos escritos para la empresa que te contrata
Hola,
Un trabajador es contratado por una empresa para llevar el tema de redes sociales y contenidos y, entre otras cosas, redacta artículos sobre temas de la empresa o de empresas cliente.
Si este trabajador deja la empresa, tiene derecho de propiedad intelectual sobre lo que ha escrito y debe llevar su nombre?
Hay alguna web o jurisprudencia donde consultar?
Se da el caso que entró un nuevo empleado en su lugar y al utilizar el mismo acceso, actualizado con los datos de la nueva persona, se cambió automáticamente el nombre en todos los artículos escritos con anterioridad.
Gracias