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Derechos por rescisión de relación laboral

2 Comentarios
 
Derechos por rescisión de relación laboral
18/09/2024 13:02
Buenos días,
quería saber si por poner fin a la relación laboral con la empresa de forma voluntaria tengo derecho al finiquito que me corresponda por despido y antigüedad después de 8 años.
Mi relación con la empresa se remonta a 23 años atrás cuando comencé ininterrumpidamente hasta ahora. Durante ese periodo la empresa ha cambiado de nombre 3 veces y nunca he recibido ninguna compensación por despido. La empresa es de un familiar muy allegado y cuando hacía el cambio o cese de actividad se supone que yo firmaría de buena fe la conformidad sin percibir nada. En esos tiempos era muy joven y actuaba de buena fe por la relación familiar con el gerente, el no lo hacía.
Supongo que al firmar en aquellos tiempos se ha perdido el derecho a reclamar esa antigüedad.
A ver si alguien me puede ayudar.
Gracias.
18/09/2024 17:15
Dcho a finiquito lo tiene siempre sea baja voluntaria o no, lo que ocurre es que usted confunde el finiquito con la indemnización por despido, a esto último con una baja voluntaria no hay indemnización ni dcho a prestación por desempleo.
El finiquito se compone de última nómina del ultimo mes trabajado, la parte proporcional de vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de pagas extra que le falte por cobrar, salvo que estás pagas las cobre prorrateadas.
En cuanto a los continuos cambios de empresa usted por cambiar de empresa no tiene que recibir indemnización alguna
18/09/2024 17:23
Vaya se corto, bueno continuo.
Usted ante esos cambios de empresa lo que hace es subrogar a la nueva empresa, lo que ocurre es que como dice que usted firmó algo, (no sabemos qué), seguramente firmaba o bien cobrar un finiquito o bien una renuncia y después en cada nueva empresa firmaba usted un nuevo cto con lo que perdía la antigüedad cada vez que cambiaba de empresa, eso se podría pelear demostrando que usted pasaba de estar de abaja en una empresa y al día siguiente en una nueva empresa con mismos dueños y distinto nombre usted recibía el alta y volvía a cotizar a la Seg Soc, esto demostraría una concatenación contractual desde la primera empresa y así le reconocerían la antigüedad de hace 23 años pero, en definitiva, tampoco le va a servir de nada ya que su baja es una baja voluntaria con lo que solo le corresponderá el finiquito pero no la indemnización.
smo